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El Telégrafo
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¿Puede una causa de disputa de bienes entre una pareja de esposos tramitarse en una jurisdicción que no sea la de su propio país?

¿Puede una causa de disputa de bienes  entre una pareja de esposos tramitarse en una jurisdicción que no sea la de su propio país?
29 de abril de 2013 - 00:00

Hace pocos días tuve una consulta de un viejo amigo  que, aunque la verdad no me dejó ninguna ganancia más allá de una buena invitación a cenar, me pareció bastante curiosa como para compartir. 

Me extraña la manera en que muchas personas, aún con el paso de los años y con cierto nivel de instrucción, se dejan sorprender en asuntos legales.

El amigo del que les hablo me solicitó una ayuda porque la mujer que le arrienda el departamento donde él reside, en el norte de Guayaquil, lo llamó para decirle que desde el próximo mes deje de cancelarle en la cuenta de ahorros del banco donde periódicamente depositaba el dinero del alquiler; desde mayo deberá depositar  en una cuenta que ella le dictó por teléfono y que pertenece a su ahora ex esposo y con quien mantiene, aparentemente, un litigio por el bien inmueble obtenido durante los años de matrimonio.

Si el tema fuese ese, no habría problema alguno. El asunto es que la señora reside en los Estados Unidos y, según dijo, en su llamada al amigo en cuestión, su ex esposo le ganó el juicio, por el bien inmueble que se disputan en Ecuador,  en una corte norteamericana. 

He allí el problema. Algo hay oscuro en esa llamada. Ninguna corte de Estados Unidos tiene jurisdicción por un bien que se encuentra en Ecuador. No hay asidero legal que lo justifique.

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