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Proyecto plantea pena de 5 años para rector que no denuncie abuso

En el colegio réplica Aguirre Abad se registraron casos de abuso sexual a los estudiantes y pese a conocer de los hechos, la rectora no los denunció.
En el colegio réplica Aguirre Abad se registraron casos de abuso sexual a los estudiantes y pese a conocer de los hechos, la rectora no los denunció.
Foto: Karly Torres / et
09 de diciembre de 2017 - 00:00 - Redacción Justicia

Los rectores que no cumplan en denunciar los abusos contra los escolares serán sancionados con una pena de cinco años de privación de la libertad, es el nuevo delito que se plantea en el proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la  Seguridad Ciudadana, aprobado el jueves último por unanimidad por el Concejo Cantonal de Guayaquil.

El documento será entregado al presidente de la Republica, Lenín Moreno, a la Asamblea Nacional y a la ciudadanía, según las autoridades municipales.

“La o el director, rector, administrador o responsable de la administración de una institución educativa, o de una sección de ella, será sancionado con la pena de cinco años de prisión si conociendo de la presunta comisión de un delito contra la integridad sexual y reproductiva de algún alumno o alumna de tal institución no denuncia ante la Fiscalía tal presunta infracción...”, se indica en el proyecto de ley.

El documento también se refiere a las medidas no privativas de libertad que se aplicarán cuando el procesado no tenga una condena registrada por otro delito ni reiterada prisión prventiva. No se aplicará en los delitos contra la inviolabilidad de la vida, secuestro en sus diferentes tipos, delitos contra la integridad sexual y reproductiva, delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, ni los diversos tipos de robo.

Además propone que una vez vencido el plazo de caducidad de la prisión preventiva “los jueces ordenarán la privación de la libertad del mismo sujeto, a efectos de hacer realidad el derecho de la víctima a la justicia”.

En el proyecto se menciona al procedimiento abreviado, del cual se plantea que no se aplicará para los delitos contra la inviolabilidad de la vida, secuestro en sus diferentes tipos, delitos contra la integridad sexual y reproductiva, delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo  familiar, ni los diversos tipos de robo.

Para la reincidencia en el cometimiento de delitos, proponen un incremento del 100% de la sanción, además de apliucarse la máxima pena para el tipo penal. (I)

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