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Prisión preventiva para Alexis M. por presunto delito de concusión

La diligencia concluyó la madrugada de este sábado 1 de junio.
La diligencia concluyó la madrugada de este sábado 1 de junio.
Tomada de Twitter
01 de junio de 2019 - 09:14 - Redacción Quito

Daniella Camacho, jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), ordenó la prisión preventiva en contra de Alexis M., exsecretario Jurídico de la Presidencia en el régimen del presidente Rafael Correa. Así lo informó la Fiscalía General del Estado, este sábado 1 de junio.

La decisión se tomó al finalizar la la audiencia de formulación de cargos por un presunto delito de concusión. En este proceso también fue señalada la exministra de Transporte y Obras Públicas, María de los Ángeles D. No obstante, la jueza dispuso para ella la prohibición de ausentarse del país, presentación periódica ante la jueza y el uso del dispositivo de vigilancia electrónica.

Además, la jueza dispuso la incautación y prohibición de enajenar bienes por un valor de $ 3.5 millones para Alexis M. y de $ 2.5 millones para María de los Ángeles D.

Durante la audiencia, la fiscal general del Estado, Diana Salazar, solicitó medidas cautelares de carácter personal y real en contra de estos ciudadanos, con el fin de proteger el derecho de la víctima, que en este caso es el Estado ecuatoriano, y para garantizar su presencia en las demás etapas procesales.

La Fiscal General expuso que entre los años 2012 y 2016, Alexis M. era secretario jurídico de la Presidencia y María de los Ángeles D. se desempeñaba como Ministra de Transporte y Obras Públicas, por lo que, abusando de sus cargos públicos -a través de Pamela M.- exigían dinero a personas jurídicas, como la empresa brasileña Odebrecht, para obtener contratos futuros con el Estado y para su retorno al país.

Entre los elementos de convicción presentados por Fiscalía se incluyen la pericia documentológica a un manuscrito de ocho hojas, en el que habrían disposiciones de entrega y distribución de dinero a los procesados y a otras personas.

También consta la versión de Pamela M., procesada por los presuntos delitos de asociación ilícita, cohecho y tráfico de influencias, que indica que recibió disposición del expresidente de la República, Rafael C., y del exvicepresidente de la República, Jorge G., de entregar dinero a María de los Ángeles D., quien era directora provincial del movimiento político Alianza PAIS en Guayas.

El jueves 30 de mayo de 2019, la fiscal Ruth Amoroso remitió un oficio a la Fiscal General del Estado, adjuntando copias certificadas de piezas procesales, a fin de que se abra una investigación previa por el presunto delito de concusión en contra de Alexis M., María de los Ángeles D. y Vinicio A.

En ese contexto, la doctora Diana Salazar dispuso la realización de varias diligencias, entre ellas allanamientos a inmuebles, y solicitó a la Corte Nacional de Justicia la detención con fines investigativos de los mencionados ciudadanos.

En consecuencia, la mañana del viernes 31 de mayo se llevó a cabo un operativo en la ciudad de Guayaquil, en el cual fueron detenidos Alexis M., y María de los Ángeles D.

El artículo 195 de la Constitución de la República establece que la Fiscalía dirigirá la investigación preprocesal y procesal penal y, de hallar mérito, acusará a los presuntos infractores ante el juez competente, e impulsará la acusación en la sustanciación del juicio penal.

Según el artículo 281 del Código Integral Penal (COIP), la concusión se configura cuando un servidor público o una persona que actúa en virtud de una potestad estatal ordena o exige la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas, y conlleva una sanción de tres a cinco años de privación de libertad, salvo si dicha conducta se realiza mediante violencia o amenazas, en cuyo caso la pena puede incrementarse a un periodo de cinco a siete años. (I)

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