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Sospechosos de delito 3 de los 6 policías sentenciados por magnicidio

Por muerte de militar se abrirá otro proceso

Los 6 policías sentenciados por magnicidio en la audiencia de juzgamiento del Tribunal Séptimo de Pichincha. Foto: Álvaro Perez / El Telégrafo
Los 6 policías sentenciados por magnicidio en la audiencia de juzgamiento del Tribunal Séptimo de Pichincha. Foto: Álvaro Perez / El Telégrafo
03 de septiembre de 2014 - 00:00 - Redacción Justicia

La Fiscalía logró determinar cuál fue el arma utilizada para asesinar al sargento del Ejército Darwin Panchi Ortiz en la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010, por lo que está terminando de recoger las evidencias para abrir un nuevo proceso que se sustanciará por asesinato.

El fiscal de la Nación, Galo Chiriboga, explicó ayer que este caso tiene un tratamiento específico, ya que “identificamos el arma y a los presuntos responsables, tenemos un caso absolutamente sólido sobre los eventos relacionados con el sargento Panchi”.

En esta línea, la Fiscalía tendría como sospechosos a 3 de los 6 policías recientemente sentenciados por magnicidio por el Tribunal Séptimo de Pichincha.  

Sobre el asesinato del militar, el fiscal dijo que es otra falta totalmente diferente, “los policías han sido juzgados por un delito específico ya no un hecho hipotético, ellos intentaron matar al Presidente de la República y eso es magnicidio, en el otro caso no tienen fuero de corte y se presentarán ante los juzgados competentes”.

El informe del perito dominicano Mario Grillo determinó que los policías Oswaldo Geovanny L.A., Eduardo Ilario M.U. y Luis Alfredo G.O. están, presuntamente, implicados en el plagio y muerte de Darwin Fabián Panchi Ortiz, miembro de la Unidad de Inteligencia Militar que operaba el 30 de septiembre de 2010 sobre el puente de las avenidas Occidental y Mariana de Jesús en Quito.

Chiriboga añadió que precisamente en ese puente se originó una persecución cuando los insubordinados se dan cuenta de que había militares a los que apalean y les roban una cadena y un reloj.  

Posteriormente, se suben a un vehículo para escapar de los agresores que dispararon a mansalva entre los que estuvieron los 3 sospechosos y que ocasionaron la muerte de Panchi Ortiz.

Los uniformados Eduardo M.U. y Luis G.T. también participaron en la agresión y plagio del mismo militar,   consta en el informe pericial.

Chiriboga se refirió al informe de la Comisión del 30-S, entregado el pasado 16 junio, que ya terminó de analizar “la información contenida en los 2 tomos, se utilizará para hacer algunos impulsos procesales”, aseguró.

También, señaló que han concluido algunos elementos de convicción que van a permitir concretamente demostrar la posible existencia de un delito contra la democracia “es decir que existió un intento de golpe de Estado, lo cual es comprobado con las investigaciones que estamos realizando”.

La indagación está en la perspectiva de la denuncia que presentó la asambleísta Irina Cabezas sobre los hechos que ocurrieron en la Asamblea el 30-S, por lo tanto todas las informaciones e indicios que el grupo de fiscales está recolectando irán a esa indagación, “son delitos complejos, esto no es cuestión de andar rápido, sino de profundizar”.

POLICÍA A JUICIO POR PRESUNTO DELITO DE SABOTAJE

Por presunta responsabilidad en el delito de sabotaje en los hechos del 30-S se dictó auto de llamamiento a juicio en contra del coronel de la Policía M.V.T.M. La decisión la tomó el pasado lunes el juez Mauricio Cahueñas, de la Unidad Judicial Penal de Imbabura, acogiendo  el dictamen de la Fiscalía.  

El agente fue procesado luego de que el 30 de septiembre de 2010, supuestamente, junto a otros uniformados, incitara a una protesta en rechazo a la aprobación de la Ley de Servicio Público.

M.V.T.M. se desempeñaba como jefe de Operaciones del Comando de Policía de Imbabura y habría dado la orden de que las unidades y el personal de la Policía del Comando Imbabura N° 12 no cumplieran sus funciones y dejaran a la ciudadanía sin protección.

En la diligencia, la Fiscalía presentó como elementos de convicción las versiones de testigos, peritajes de identidad humana (cotejamiento de fotos del día de los hechos con los rasgos físicos del acusado), reconocimiento de libros de la Central de Radio Patrulla, entre otros.

En los próximos días la causa será sorteada para conocer la fecha de la audiencia. El delito de sabotaje se encuentra tipificado en el artículo 158 del Código Penal anterior, con pena de 8 a 12 años de reclusión mayor y una multa de $ 87 a $ 175.

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