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$ 1’526.600 irán a las arcas del Estado por multas en toque de queda

Los policías nacionales, ataviados con mascarillas, cumplen con el control durante el toque de queda en la ciudad de Esmeraldas.
Los policías nacionales, ataviados con mascarillas, cumplen con el control durante el toque de queda en la ciudad de Esmeraldas.
Foto: Policía Nacional
18 de abril de 2020 - 00:00 - Redacción Justicia

El incumplimiento del toque de queda, decretado en el país para evitar el contagio del covid-19, tiene consecuencias: una multa de $ 100 si lo comete por primera vez y $ 400 por segunda ocasión. En la tercera reincidencia le espera la cárcel.

Según el Ministerio de Gobierno, hasta el 17 de abril fueron sancionadas 13.034 personas por primera vez irrespetar el toque de queda. Ellas serán multadas con $ 100, lo que equivale a $ 1’303.400, que serán cobrados después de la emergencia sanitaria a través de las planillas de servicios básicos.

También el reporte indica que en el mismo período, 558 ciudadanos cometieron la segunda infracción por toque de queda. Ellos tendrán que cancelar la suma de $ 400, o sea un salario básico unificado. Esto representa $ 223.200 que recaudará el Estado por multa.

Solo por estas dos multas se recaudará un valor de $ 1’526.600. Esta cantidad puede aumentar a medida que pasen los días, puesto que el estado de excepción concluirá el 14 de mayo. De acuerdo con el Decreto presidencial son 60 días, a partir del 16 de marzo de 2020.

El toque de queda en el país se ha cumplido en tres tipos de horarios: Del 17 al 20 de marzo de 21:00 a 05:00; del 21 al 24 del mismo mes, de 19:00 a 05:00; y a partir del 25 de marzo se estableció de 14:00 a 05:00.

Los militares, policías y agentes de tránsito son los encargados de hacer cumplir las disposiciones del decreto 1017 y el toque de queda a escala nacional.

Durante los controles también se sancionaron a 6.411 conductores de carros y a 3.450 motorizados. Hasta la fecha hay 1.026 personas detenidas por incumplir el decreto 1017, que dispone las restricciones de circulación con excepción del sector salud, alimento y productivo. (I)

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