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Los jóvenes recapturados enfrentarán otras causas

Los jóvenes recapturados enfrentarán otras causas
06 de junio de 2013 - 00:00

Tras ser detenidos la mañana del pasado martes, en las cercanías del cantón Ventanas, provincia de Los Ríos, los adolescentes que fugaron el sábado anterior del Centro de Adolescentes Infractores (CAI) de Riobamba fueron identificados como Henry Norberto Q., de 17 años de edad; Edwin Marcelo O., de 16 años y quien tenía una orden de internamiento  por robo; Héctor Mesías A., de 16, con una sentencia de 3 años por violación; y Kevin Alexander M., de 17, sentenciado a 4 años por el delito de asesinato.

Los adolescentes protagonizaron  una serie de fechorías en diversos lugares por donde se desplazaron en su intento por huir de las autoridades, por lo que el subsecretario de Seguridad del Ministerio del Interior, Fabián Racines, advirtió que no permitirá que esos hechos delictivos  (robo, secuestro, extorsión, muerte) queden en la impunidad.

A pesar de que la ley contempla la inimputabilidad de los menores de edad, el funcionario manifestó que existen consideraciones legales que reconocen la posibilidad de aplicar sanciones punitivas que impliquen castigo al dolor y muerte que pudieran haber provocado.

Espléndida Navarrete, jueza de la Niñez y de Adolescentes en conflicto con la Ley en Guayas, explicó que  para los jóvenes infractores, mientras sean menores de edad, la medida de internamiento por 4 años como pena máxima debe ser aplicada como último recurso, porque en lo que más se debe trabajar,  por parte de la comunidad, el Estado y la familia, es en la rehabilitación del individuo y en su  reinserción.

Al menos el 90%
de los jóvenes  está bajo los efectos de alguna droga al cometer un delito
Manifestó que los adolescentes recapturados deben ser nuevamente procesados por los presuntos delitos cometidos. “Si ellos estaban detenidos por alguna causa o purgaban una condena, y si al salir cometieron otra,  deberían ser procesados e investigados por esas otras causas, para determinar responsabilidades  con respeto a las garantías básicas”, en alusión a los  Arts. 76 y 77 de la Constitución.

Además, se debe considerar la posible reincidencia y agravantes que convergen cuando los sindicados vuelven a cometer un delito después de haber sido sentenciados por uno anterior, como es el caso de Kevin Alexander M., a quien se le encontró  una pistola Glock, perteneciente a un policía que intentó impedir la fuga.

La jueza agregó que la posible sanción por la fuga o evasión de los adolescentes del reclusorio  sería impuesta solo a quienes estaban al cuidado de los menores, ya sean administradores o guías,  no a los prófugos. Precisamente Doris Hernández, inspectora del CAI en Riobamba, se encuentra detenida para investigaciones por ese hecho.

Racines insistió en la necesidad de motivar a instancias administrativas a reconsiderar los límites de la responsabilidad que deben asumir los adolescentes que cometan crímenes como estos.

Se refiere al derecho  al sufragio -con toda la responsabilidad que esto implica- que gozan los menores de edad, pero que, contradictoriamente, la misma ley los exime de ser responsabilizados penalmente por crímenes como  los  imputados al grupo de  aislados.

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