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En menos de 2 minutos se planifica y ejecuta un robo sin violencia

Los hurtos en la Metrovía se cometen al subir al bus

La parada Parque California, situada en el norte de Guayaquil, es una de las más congestionadas. Aproximadamente 20 segundos se detienen los buses para dejar y coger pasajeros. Foto: William Orellana│El Telégrafo
La parada Parque California, situada en el norte de Guayaquil, es una de las más congestionadas. Aproximadamente 20 segundos se detienen los buses para dejar y coger pasajeros. Foto: William Orellana│El Telégrafo
24 de abril de 2014 - 00:00 - Redacción Justicia

En menos de 2 minutos un pasajero de la Metrovía puede ser víctima de hurto, ese tiempo transcurre mientras espera el bus y se embarca, o en su traslado de una estación a otra, siempre y cuando la circulación vehicular sea fluida.

En la vía a Daule un articulado demora unos 90 segundos para trasladarse entre 2 paradas y se detiene por 20 segundos para que los usuarios entren o salgan. En ese lapso los delincuentes estudian sus objetivos, los acorralan y les quitan sus pertenencias sin que se den cuenta.

Efraín Isaías, usuario de la Metrovía, relató que ha visto operar varias veces a una banda. “Son 7 personas que se amontonan en las puertas, unos se ponen adelante para que los pasajeros no ingresen, otros los empujan por atrás, en el ajetreo aparecen otros y se sustraen los teléfonos”, explicó.

Isaías agregó que el grupo opera en las estaciones de la Universidad de Guayaquil, Biblioteca Municipal, y hasta se suben a otros buses de transporte urbano en las horas pico (08:00-13:00-18:00). Unos 460.000 usuarios usan la Metrovía, que en horas pico sobrepasa la capacidad de 160 pasajeros.

Marcelo García, también usuario, contó que presenció cuando una dama usaba el celular mientras esperaba el articulado y un tipo se lo arranchó. “Lo tenía calculado, cuando ella ingresó al bus, antes de que se cerrara la puerta, le quitó el teléfono, pero no retrocedió, salió por el filo del paradero y se fue a la calle, eso pasó en la Universidad Católica”.

Álex L. fue uno de los perjudicados recientes. El jueves 17 de abril le sacaron el celular del bolsillo izquierdo de la camisa sin que se percatara, pero otro ciudadano observó cuando 3 personas cometían el hurto.

Ocurrió en el paradero de la ciudadela Atarazana, en el norte de Guayaquil. El testigo explicó que cuando Álex estaba distraído un hombre le sacó el teléfono y se lo dio a otro tipo, quien luego se lo entregó a una mujer. La ciudadanía reaccionó y los retuvo hasta que llegó la Policía. Ellos fueron detenidos, sin embargo, el celular no apareció porque al parecer había un cuarto implicado.

El fiscal Jaime Estévez formuló cargos e inició instrucción penal contra Bryan V., Wilser V. y Jenniffer T., pero no por hurto sino por robo, basado en el artículo 553 del Código Penal, en el que se establece el robo como la sustracción de lo ajeno, aunque no haya violencia, si ha sido cometido en autobuses u otros medios de transporte. Esto se sanciona con prisión de 1 a 5 años.

En la audiencia los 3 admitieron su culpa y solicitaron al fiscal, frente al juez Carlos Redwood, la suspensión condicional del procedimiento, amparados en el artículo 37.2 del Código del Procedimiento Penal, que admite el recurso si el infractor reconoce su error (aplica en delitos penados con prisión de hasta 5 años, con excepciones).

El fiscal accedió e hizo el requerimiento al juez, este ordenó a los encausados, quienes pidieron disculpas y prometieron no repetir su actuación, reparar los daños ocasionados, presentarse una vez al mes ante las autoridades para dar fe de su comportamiento y les prohibió andar juntos en los transportes masivos.

Si cumplen las disposiciones el juez podrá declarar la extinción de la acción penal, pero con el desacato se revocará la suspensión condicional del procedimiento y seguirá la causa.

Bajo estas circunstancias a los procesados se les emitió boleta de libertad, no obstante Bryan V. fue detenido nuevamente el sábado 19 de abril, en compañía de Julio A.

La Fiscalía abrió una instrucción en contra de Julio A. por presunta tenencia ilegal de drogas. Bryan V. fue absuelto por falta de evidencias para procesarlo.

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Un delito de este tipo, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), tiene una sanción que va de tres a cinco años de privación de la libertad.

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