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Las pensiones alimenticias suben con el alza salarial

En el complejo Judicial de La Florida, norte de Guayaquil, madres de familia acuden con sus demandas para recibir las pensiones.
En el complejo Judicial de La Florida, norte de Guayaquil, madres de familia acuden con sus demandas para recibir las pensiones.
José Morán / et
26 de diciembre de 2017 - 00:00 - Redacción Justicia

Paola Murillo, madre de una jovencita de 16 años, lucha desde hace siete años para que el padre de su hija le pase una pensión alimenticia. Ella salía la tarde del 18 de diciembre de la unidad judicial de la familia, Niñez y Adolescencia junto con la adolescente con la esperanza de que se haga efectiva la boleta de apremio.

Desde el 2010 la mujer recorre los juzgados y unidades judiciales en Guayaquil para conseguir que su expareja le pase una pensión para su hija, que ya está a punto de graduarse. Y su preocupación ahora es solventar los estudios superiores de la joven.

La demanda fue aceptada al trámite, presentó todos los requerimientos y se fijó la cantidad que debía pasar de pensión, pero en estos siete años no pagó ni un centavo, porque estaba fuera de Guayaquil y ya adeuda $ 10.000.

Por esa situación solicité una boleta de apremio, porque regresó a la ciudad. “Así espero que cancele lo adeudado que servirá para los estudios de mi hija”.

Hasta el 30 de noviembre de este año, 643.036 padres estaban registrados en el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) para depositar sus pensiones que benefician a 804.995 niños y adolescentes a escala nacional.

Según el Consejo de la Judicatura, el promedio de pagos alimenticios va desde los $ 34,29, que lo cancelan 17.961 personas; hasta los $10.895,77, que solo cinco ciudadanos en el país tienen que dar esa cantidad.

Sin embargo, dentro de los ocho rangos de pensiones, son los 349.959 progenitores que pagan $ 128,80, los que superan a los demás en número. 2.835 ciudadanos cancelan $1.842,50 y 5.130 depositan por mes $ 753,14.

El presidente de la Judicatura, Gustavo Jalkh, al referirse al Código Orgánico General de Procesos (Cogep) expuso como una de sus innovaciones al SUPA, el cual beneficia a más de un millón de usuarios y garantiza el derecho de manutención de niñas, niños y adolescentes. “Todo el sistema bancario y del país es parte de este proceso y las beneficiarias deciden en qué banco quieren recibir su pago que además es un sistema más rápido”.

Incremento de pensiones

Los jueces de Familia trabajan con la tabla de pensiones, la cual cambia cada año, una vez que se aprueba el alza del sueldo básico unificado.

Eso es conrroborado por Karina Peralta, vocal del Consejo de la Judicatura. “Cada año hay la indexación que es la subida de la pensión automáticamente por el porcentaje de inflación. El Supa lo hace de manera automática, es el beneficio del sistema”.

Según el abogado Andrés García Escobar, juez de Familia de Guayaquil, la ley determina qué se calcula con los ingresos del demandado más las necesidades básicas que tiene el niño o adolescente, obviamente se rigen por la tabla de 2017. “Cada año varían los porcentajes de pensiones de alimentos respecto al salario básico”.

Explicó que la cifra se obtiene de los valores que percibe el individuo demandado por el nivel de la tabla  y por las cargas familiares que tenga, solo se descuenta el seguro social.

Para el abogado Joan Paul Egred la pensión alimenticia siempre tendrá un parámetro mínimo a fijarse, incluso si el alimentante no tiene ingresos fijos ni trabajo, lo cual es positivo porque de alguna forma debe velarse por el bienestar del menor.

Sin embargo, en Ecuador no hay un techo máximo, por tanto y dependiendo de los ingresos del alimentante existen pensiones mensuales de miles de dólares que no solo cubren los ingresos del menor, sino que son innecesarias y excesivas.

La pensión alimenticia que se fija judicialmente además del rubro mensual abarca los ‘beneficios de ley’, que es el pago del doble de la pensión fijada en agosto y diciembre, que coinciden con la décimo cuarta y décimo tercera remuneración.

“Aquí existe otro exceso de la ley, y es que la décimo cuarta remuneración es un sueldo básico del trabajador sin importar si gana igual o más que el salario básico, pese a lo cual ese mes deberá pagar el doble de la pensión alimenticia, obviando el criterio de proporción de ingresos con el cual se establece la pensión judicialmente”, dice.

El Estado debe garantizar el derecho a una vida digna de los menores, pero la legislación debe evolucionar para que no se atente contra otros derechos igual de importantes, considera el jurista.

“Es imperioso un debate jurídico que proteja a los menores, pero que entienda las realidades sociales y económicas que sean moduladas para que los padres ejerzan una paternidad efectiva y responsable sobre la base de sus ingresos y capacidades”, puntualizó Egred.

Reformas al CNA

Las pensiones también entraron al debate en las reformas al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (CNA) que analiza la Comisión de Justicia de la Asamblea.

Para ello fue llamado a dar su aporte el Consejo de la Judicatura; los vocales Peralta y Néstor Arbito acudieron en junio a la comisión y expresaron sus observaciones al proyecto de ley.

Según Arbito, con la vigencia del Cogep, en materia de familia, se crea el SUPA que facilita la recaudación de las pensiones. Peralta dijo que por concepto de pensiones alimenticias, con corte a junio, se manejan unos $ 500 millones al año. (I) et

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