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Asambleístas analizan imposición de sanción a la piratería lesiva de derechos de autor

La falsificación y uso doloso de marcas se tipificarían en el COIP

Los asambleístas de la Comisión de Justicia debatieron el miércoles último las reformas al COIP. Foto: Miguel Jiménez / El Telégrafo
Los asambleístas de la Comisión de Justicia debatieron el miércoles último las reformas al COIP. Foto: Miguel Jiménez / El Telégrafo
12 de octubre de 2014 - 00:00 - Redacción Justicia

Que la falsificación de marcas con uso comercial sea una contravención o delito en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) propone la reforma que se debate en la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.  

El proyecto fue presentado por el presidente de la República, Rafael Correa, en julio de este año y, posteriormente, fue tramitado al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para su trámite.  

El proyecto establece sanciones por delitos contra la propiedad intelectual, mediante el cual se impondría una multa de $ 500 a $ 500.000 a la persona que “realice actos de falsificación de marcas de fábrica o de comercio a escala comercial”.

También refiere: “Se entiende por mercancía de marca de fábrica o de comercio falsificadas cualquier mercancía, incluido su embalaje, que sin la debida autorización lleve puesta una marca de fábrica o de comercio idéntica a la válidamente registrada para tales mercancías, o que no pueda distinguirse en sus aspectos esenciales de esa marca”.

El asambleísta Gabriel Rivera afirmó que están tratando el tema en la Comisión de Justicia y que “hemos recibido a académicos y a representantes empresariales para tomar en cuenta todos los puntos de vista”.    

Indicó que no se está considerando la privación de la libertad, pero sí decidiendo el monto que se aplicaría por multas en los diferentes casos. “Tenemos que regular en qué casos irían las sanciones”.

El legislador Miguel Moreta manifestó que están a la espera de que el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) les envié un proyecto sobre este tema para ser estudiado.        

Para el asambleísta Luis Fernando Torres, es oportuna la propuesta de reforma al COIP en ese tema debido a los compromisos del país con la Organización Mundial de Comercio (OMC) para tipificar estas conductas.    

Señaló que se está discutiendo la forma de tipificar estos actos, y si es que solo deben ser sancionados con penas pecuniarias, o también con privación de libertad. “Unos sostienen que no se debería criminalizar de manera drástica este tipo de conductas. Otros que sí”, dijo.  

Explicó que si alguien le cambia el nombre a una marca, la afectación no solo sería para una multinacional sino también para un empresario ecuatoriano en crecimiento porque la marca es una identidad.

En ese sentido, el legislador afirmó que la reforma del COIP pretende proteger tanto a las grandes marcas como a las pequeñas.

Y añadió que también se trata el aprovechamiento doloso de derechos de autor (cantantes, escritores, cineastas) para sancionar a quienes ejecuten copias ilegales de los creadores nacionales con fines comerciales.  

Según el proyecto de reforma al COIP, las sanciones serían de $ 500 a $200.000 a “la persona que realicen  actos de piratería lesiva de derechos de autor a escala comercial...sin el consentimiento del titular”.

La Comisión de Justicia recibió en septiembre pasado a Alexis Mera, secretario jurídico de la Presidencia, y a Andrés Ycaza, director ejecutivo del IEPI, quienes expusieron sobre el tema.

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