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La audiencia contra 17 policías acusados de rebelión se suspendió

La audiencia contra 17 policías acusados de rebelión se suspendió
05 de junio de 2013 - 00:00

Tras una hora de audiencia, el juez Sexto de Garantías Penales de Pichincha, Franz Valverde, declaró la mañana de ayer fallida la audiencia en el juicio por el presunto delito de incitación a la rebelión de 17 policías, producto de los hechos del 30 de septiembre de 2010. Según la denuncia, en esa fecha se habrían mal utilizado los equipos de radiopatrulla para llamar a la revuelta.

La decisión del judicial causó malestar entre los asistentes, puesto que la audiencia ya estaba en marcha desde las 09:30 y no fue sino hasta después de transcurrida una hora, que el juez verificó la ausencia del policía Juan Cuadrado Aymara, quien al parecer no fue notificado para que asistiera a la diligencia.

El juez indicó que  no se pudo notificar al procesado, y convocó para las 09:00 de hoy la  audiencia...El juez indicó que por un lapsus no se pudo notificar al procesado, y convocó para las 09:00 de hoy la reinstalación de la audiencia preparatoria a juicio, donde el fiscal que investiga el caso, Gustavo Benítez, deberá emitir su dictamen.

Como elementos de convicción, la Fiscalía recopiló grabaciones, registros informáticos, fotografías, discos y otros documentos, en torno a  los hechos ocurridos en la Central Metropolitana de Radio Patrulla, durante la revuelta policial del 30-S, y desde donde se habría incitado a la rebelión que comenzó por un reclamo de reivindicación laboral, pero terminó, según el fiscal Benítez, en actuaciones reñidas con la ley, como es el caso  de pretender victimar al Primer Mandatario y a militares.

Peritos de Criminalística practicaron la fijación de imágenes en las que se observan los hechos en los interiores y exteriores de la Central de Radio Patrulla. También se realizó la transcripción de las voces que se escuchan, la identificación por medios científicos de las personas que habrían intervenido en las grabaciones y se examinó el contenido de los registros informáticos.

El pasado 13 de mayo se dio una de las últimas sentencias en juicios iniciados por los hechos del 30-S.

Una de esas fue dictada por el Juzgado Décimo del Tribunal Penal de Guayas, cuyos jueces miembros  decidieron que Mery Zamora, dirigente de la Unión Nacional de Educadores (UNE) y del Movimiento Popular Democrático (MPD), es culpable de  sabotaje y terrorismo.

Así, los jueces dieron la razón a la tesis de la Fiscalía, que señalaba  que Zamora incitó a estudiantes del colegio Aguirre Abad a salir a las calles durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010.

Los magistrados Pablo Díaz López (presidente del Tribunal), José Canchingre Tama y Manuel Armas Proaño, tras emitir el fallo, salieron con resguardo policial del auditorio, ubicado en el edificio judicial, en el centro de Guayaquil. Los jueces esperaron que los militantes del MPD abandonaran el segundo piso de la edificación para salir.

Hasta la presente fecha, el tribunal no ha notificado por escrito los argumentos de su sentencia y la pena, que por este tipo de delitos oscila entre 8 y 12 años de prisión.

La defensa de la dirigente anunció en ese entonces que  apelará el fallo apenas sea notificada.

El 16 de abril de 2012, cinco de los ocho acusados fueron condenados a un año de prisión, por los hechos del 30 de septiembre por la toma de la Gobernación de Cotopaxi.

Paúl Jácome, Edwin Lasluiza, Xavier Cajilema, Richard Artieda y Hernán Yánez fueron declarados culpables con una sentencia de 3 años, sin embargo, por atenuantes se redujo a uno, mientras que Silvia Bravo y Carlos Albán estuvieron 6 meses en prisión por cómplices.

INOBSERVANCIA DE UN JUEZ CAUSA DEMORA

Debido a la inasistencia  del procesado Juan Miguel Cuadrado y de su abogado defensor, el juez del Juzgado 6º de Garantías Penales de Pichincha declaró fallida la diligencia que se desarrollaba en la Casa de la Justicia de Carcelén, al norte de Quito.

“Qué es lo que sucede que ya en media audiencia se dan cuenta de que faltaba el abogado defensor de uno de los denunciados, entonces el señor juez dice que eso es una formalidad y que podría seguirse el juicio. Esas son situaciones totalmente ilegales contrarias a los procedimientos penales”, indico el representante de la Fiscalía.

El 22 de noviembre de 2011, la Fiscalía convocó  a una audiencia privada para el reconocimiento de las grabaciones, películas, registros informáticos, fotografías, discos y otros documentos del expediente.

El objetivo de esa audiencia era presentar a los investigados las evidencias de medios magnéticos y  electrónicos, para que las  puedan conocer  y realizar observaciones.

 

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