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En todas las direcciones provinciales habrá un juzgado de coactivas

Función Judicial inició la primera fase para identificar a deudores

Los juzgados de coactivas funcionarán en todas las direcciones provinciales del Consejo de la Judicatura. Foto: Archivo.
Los juzgados de coactivas funcionarán en todas las direcciones provinciales del Consejo de la Judicatura. Foto: Archivo.
14 de abril de 2014 - 00:00

Una vez que se emitió el respectivo reglamento para el ejercicio de la jurisdicción coactiva, el pasado 7 de abril, los juzgados de Coactivas, creados a nivel nacional, iniciaron la recopilación de la información de todos los deudores por concepto de multas efectuadas en los diferentes juzgados.

Esto implica a fiscales, abogados o quienes intervinieron en un proceso, así como a empleados de la Función Judicial que recibieron adelantos, viáticos o sanciones económicas y que no han cumplido.

La falta de recuperación de esa cartera vencida motivó la promulgación del reglamento, ya que en el último ejercicio fiscal la Judicatura recogió $ 700.000 por este concepto, lo cual llamó la atención de las autoridades que decidieron impulsar la creación de los juzgados.

El Dr. Julio Ortiz, de la dirección general del Consejo de la Judicatura, delegado como juez de Coactivas en Pichincha, dijo que se inició la primera fase para recabar la información de todos los deudores, “habrá un primer acercamiento con personas que deban a la Función Judicial, a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos o cualquier tipo de contacto, para que se dispongan a cancelar antes de iniciar el proceso coactivo, que de todos modos implica gasto de recursos”.

El juzgado de Coactivas no resuelve sino que ejecuta una sanción económica que se haya generado, el antecedente es un valor que se adeude y tiene que ser cobrado.

“Estamos haciendo ese diagnóstico e implementando en esta administración, aún no tenemos definida una cifra, no hay valores exactos, no existe un monto. Estimamos que en un mes tendremos definida la cartera que está vencida a nivel nacional”, comentó el funcionario.

Además, explicó que se compilará la información a partir del 23 de enero de 2013, cuando se iniciaron los procesos, que no son juicios sino trámites ejecutorios para cobrar los rubros. De todos modos el reglamento dispone la aplicación de medidas cautelares como la intervención de cuentas bancarias o el embargo para cubrir la deuda.

Además, el juez señaló que en caso de persistir el incumplimiento se procederá con la demanda civil, que implica seguir un juicio por insolvencia que acarrea graves consecuencias de índole económica para el afectado.

Sin embargo, en cuanto a la cancelación de los saldos, el reglamento considera que si la cuantía supera las 30 Remuneraciones Básicas Unificadas (RBU) del trabajador en general, el plazo para el pago será de hasta 12 meses, contados a partir de la fecha en que se dictó la resolución; si el monto supera las 15 RBU y llega a las 30, el plazo para la cancelación será de hasta 9 meses; si el valor adeudado es más de 7 RBU del trabajador en general y llega a las 15, el plazo será de hasta 6 meses. Finalmente, si la cuantía es menos o igual a los 7 RBU y supera una RBU, el plazo será de hasta 3 meses.

Las personas que tienen débitos desde antes del 23 de enero de 2013, según la primera disposición transitoria del reglamento, la Contraloría General del Estado seguirá ejerciendo la acción coactiva de deudas que fueron enviadas por el Consejo de la Judicatura antes de la expedición del documento, las cuales seguirán los trámites acostumbrados por el órgano de control.

La segunda disposición transitoria establece que la acción coactiva del Consejo de la Judicatura iniciará con la determinación de las obligaciones que se encuentren pendientes de pago a la Función Judicial y que no hubieren sido reportadas a la Contraloría para su ejecución.

Al momento los juzgados de Coactivas están trabajando con todas las magistraturas de las diferentes materias a nivel nacional; una vez que tengan los montos adeudados, así como identificados a los deudores, iniciarán la segunda fase de cobro.

El jurista Rogelio Valencia opinó que el reglamento así como los juzgados de Coactivas son muy positivos, “en la medida en que permitirán a la Función Judicial recuperar el dinero que se le adeuda, que servirá como fuente de financiamiento.

No obstante, manifestó su preocupación sobre quién controlará la emisión de multas, ya que “puede prestarse también de alguna manera a una especie de retaliación o en su defecto amedrentar a los abogados en libre ejercicio”.

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