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Cambio de medidas para Alvarado se pidió hace 2 meses

El fiscal general del Estado, Paúl Pérez Reina (sentado y con anteojos) realizó el pedido formal de prisión, en la audiencia de incumplimiento de medidas que se realizó ayer en la Corte Nacional.
El fiscal general del Estado, Paúl Pérez Reina (sentado y con anteojos) realizó el pedido formal de prisión, en la audiencia de incumplimiento de medidas que se realizó ayer en la Corte Nacional.
Foto: Álvaro Pérez / El Telégrafo
25 de octubre de 2018 - 00:00 - Redacción Justicia

A cuatro días de confirmada la fuga del país del exsecretario nacional de Comunicación, Fernando Alvarado, procesado por el delito de peculado, su situación legal cambió.

Este miércoles 24 de octubre en la audiencia de incumplimiento de medida cautelar, la jueza nacional, Sylvia Sánchez, dejó insubsistentes las medidas que pesaban contra el exfuncionario: prohibición de salida del país; presentación periódica ante autoridad judicial y, uso del dispositivo electrónico.

En su lugar dispuso la prisión preventiva; que se oficie a la Interpol para la emisión de una alerta roja que permita la localización y captura; la prohibición de enajenar sus bienes; y la inmovilización de cuentas, fondos y activos de Alvarado.

El pedido fue formulado por el fiscal general del Estado, Paúl Pérez Reina, en consideración de que el exsecretario de Comunicación se sacó el dispositivo (grillete) el último fin de semana y huyó del país, supuestamente por ser objeto de persecución política.

El pedido del 24 de agosto

Marco Proaño, representante de la Procuraduría General del Estado, se adhirió a los pedidos de Pérez y reveló que con fecha 24 de agosto de este año, Procuraduría hizo una solicitud a la Fiscalía para que esta pidiera una audiencia de revisión de medidas cautelares de Alvarado, a fin de que “se garantice la reparación integral del Estado”.

Pero ese pedido no fue aceptado, ya que mediante impulso fiscal del 10 de septiembre de 2018, la respuesta fue que este tipo de solicitudes se lo presente al juzgador, en este caso al juez.

Sin embargo, Proaño se limitó a indicar que el pedido que formularon a Fiscalía, la Procuraduría no podía hacerlo directamente al juzgador porque el Código Orgánico Integral Penal (COIP) no lo faculta.

Según el Art. 21 del COIP, “…Cuando concurran hechos nuevos que así lo justifiquen o se obtengan evidencias nuevas que acrediten hechos antes no justificados, la o el fiscal, la o el defensor público o privado, de considerarlo pertinente solicitará a la o al juzgador la sustitución de medidas cautelares...”

Durante la audiencia, el fiscal Pérez reveló que, según el Ministerio de Justicia, existieron 1.340 alertas emitidas por el dispositivo electrónico que tenía colocado Alvarado.

Ante este hecho el funcionario Moisés Murillo fue el encargado de revisar el equipo y en el informe entregado por Miguel Guevara, indica que no hay novedad.

Carlos Xavier Zavala, abogado del exsecretario, rechazó la resolución de la jueza por considerar que a su defendido lo están procesando por un supuesto perjuicio de apenas $ 6.000.

Confirmó, además, que Alvarado recibió asilo político en el extranjero y que en los próximos días se notificará con la documentación del asilo a la jueza de la causa.

El canciller José Valencia indicó que Ecuador no ha sido notificado por ningún país sobre un asilo concedido al exfuncionario.

Para la presidenta de la Asamblea, Elizabeth Cabezas, existieron cómplices para que Alvarado pudiera salir del país. “No dudo de que, todavía, hay gente cercana a ellos, que los conocen y que con el dinero de la corrupción, se puede liberar controles, comprar conciencias y hacer muchas cosas más”.

El secretario de Comunicación, Andrés Michelena, restó validez a las afirmaciones de Alvarado, de que es un perseguido político. “Huir es ser cobarde. Hay una justicia totalmente independiente en Ecuador, cuando uno es funcionario público tiene que ser responsable. Nosotros no perseguimos a nadie”. (I)

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