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Fiscal pide eliminar el informe previo de la Contraloría

El Fiscal pidió ser recibido, en lo posterior, para analizar en detalle cada uno de los planteamientos de reforma.
El Fiscal pidió ser recibido, en lo posterior, para analizar en detalle cada uno de los planteamientos de reforma.
Foto: John Guevara / El Telégrafo
21 de diciembre de 2017 - 00:00 - Redacción Justicia

Eliminar el informe previo de la Contraloría General del Estado, como requisito de procedibilidad para procesar a los sospechosos por enriquecimiento ilícito y peculado, propuso el fiscal general, Carlos Baca Mancheno.

Esta es una de las siete reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que planteó ayer en su comparecencia de cerca de tres horas ante la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, en la que se tramitan los cambios a esta normativa legal.

A criterio de Baca, con esta reforma al art. 581 del COIP se facilita la gestión de la Fiscalía, ya que los informes previos con índices de responsabilidad penal emitidos por la Contraloría, algunos ya en proceso, pero otros archivados, en algunos casos han limitado el trabajo investigativo de la Fiscalía en delitos de peculado y enriquecimiento ilícito.  

Subrayó que las potestades constitucionales de la Fiscalía no pueden estar sujetas a un juicio de valor previo de otra institución “porque corremos el riesgo doble o de que a la Fiscalía le dan algo mal hecho a propósito para que los procesos se caigan y después a la Fiscalía la acusen de seguir la corrupción”.

Otra reforma que propuso fue incluir a continuación del art. 592 del COIP que el fiscal pueda solicitar al juez la declaración de una “investigación compleja” en los delitos contra la administración pública y otros con pena mayor a 5 años. Con ello se ampliaría la instrucción fiscal de 90 a 180 días, pero bajo una normativa específica.

Propuso incluir en el art. 502 numeral 2 del COIP, que el juzgador reciba como prueba anticipada los testimonios de las víctimas de delitos contra la integridad sexual y reproductiva como mecanismo de protección.

Respecto al art. 444 del COIP, Baca Mancheno propuso reformar para que se incluya, entre las atribuciones del fiscal, la posibilidad de solicitar de manera justificada el impedimento de salir del país a quienes puedan esclarecer la comisión de un delito. Y en este mismo artículo, que además se incluya la retención de una persona con fines investigativos por un tiempo de 48 horas.

Actualmente el COIP establece ocho horas.

Sugirió que el procedimiento directo sea modificado. En lugar de los 10 días que establece la ley para convocar a audiencia, se cambie a 20, lo cual facilitará realizar las pericias que muchas veces quedan inconclusas.

Finalmente, Baca Mancheno planteó que en el caso de personas que son detenidas en delito flagrante en lugares apartados, el tiempo de 24 horas de detención provisional se tome en cuenta desde que se llega a un puerto o a zonas pobladas, en caso de sitios inaccesibles. (I)

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Cambios al Código de Seguridad Ciudadana  
Como pernicioso para el estado de derecho, calificó el fiscal general del Estado, Carlos Baca Mancheno, el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y anunció que propondrá su reforma.

“Nosotros tenemos una enorme preocupación sobre el ejercicio de nuestras competencias como Fiscalía respecto de este código”, dijo, al señalar que no es admisible que las competencias constitucionales de la investigación del delito que le competen a esta instancia de la justicia ecuatoriana estén en manos de otra función del Estado.

“No puede ser que siendo la Fiscalía la responsable del sistema nacional de medicina legal y ciencias forenses, la que le responde al usuario y a la ciudadanía sobre el sistema de investigación en ciencias penales, criminológicas, en materias duras de investigación, no puede ser que se haya creado un órgano que está adscrito al Ministerio del Interior (comité), el que asuma esa responsabilidad”, remarcó.

Eso es algo que tiene que corregirse, agregó al señalar que ha pedido una reunión del comité para exponer la necesidad de una reforma legal. (I)

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