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El Telégrafo
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Falso odontólogo fue condenado a 9 años de prisión por abuso sexual a menor

La aprehensión del procesado por abuso sexual ocurrió en Guayaquil.
La aprehensión del procesado por abuso sexual ocurrió en Guayaquil.
Foto referencial- Internet
30 de enero de 2020 - 16:04 - Redacción Web

El Tribunal de Garantías Penales del Guayas emitió sentencia condenatoria de nueve años y cuatro meses de pena privativa de libertad contra Jimmy Gabriel B. P., por el delito de abuso sexual perpetrado contra una adolescente.

Además, dispuso el pago de una multa de veinte salarios básicos unificados (8.000 dólares) por el hecho, suscitado el 28 de febrero de 2019, en Guayaquil.

En la audiencia de juzgamiento, realizada en la Unidad Judicial de esta ciudad, la fiscal de Violencia de Género, Yoli Pinillo Castillo, expuso y sustentó sus pruebas documentales, periciales y testimoniales. Con ellas se comprobó la participación del procesado en el delito denunciado y perpetrado en la menor, cuando tenía 13 años de edad.

Los hechos ocurrieron al interior de un consultorio médico, ubicado en las calles 29 y Portete, suburbio de Guayaquil, cuando el procesado, quien fungía de médico odontólogo, habría atendido a la menor en una sesión por tratamiento de ortodoncia.

El hombre procedió a manosear las partes íntimas de la niña, intimidándola y prometiendo no agredirla si accedía a sus deseos.

La víctima no habría soportado los tratos e insinuaciones del supuesto odontólogo y contó los hechos a sus familiares. Estos pusieron la denuncia en la Fiscalía, que de inmediato dispuso un operativo junto a la Policía Nacional. El procesado fue detenido horas más tarde en el consultorio.

Durante el juicio, fueron presentados como pruebas los testimonios de 12 personas, entre ellas los agentes investigadores y aprehensores, médicos peritos y psicólogos, trabajadora social y familiares de la víctima.

Además hubo pruebas documentales, como exámenes médicos, valoración psicológica y entorno social, informe de reconocimiento del lugar y el testimonio anticipado de la víctima. Todo fue parte de los elementos probatorios esgrimidos.

Los jueces del Tribunal Penal, conformado por Nebel Viera, Odalia Ledesma y Francisco Dávila, por unanimidad emitieron sentencia condenatoria. Dispusieron tratamiento psicológico para la víctima, con la ayuda del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).

La fiscal Yoli Pinillo solicitó, además, el inicio de otra investigación contra el sentenciado y la dueña del establecimiento odontológico, identificada como María Digna T. L., por el presunto delito de ejercicio ilegal de la profesión. Esto debido a que en la audiencia se determinó que el victimario no tenía título académico para ejercer la odontología.

Dato jurídico

La Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 170, inciso dos, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el abuso sexual con privación de libertad de cinco a siete años.

Esto más las agravantes indicadas en el artículo 48, numerales 1 y 9 (la víctima se encuentra bajo atención en establecimiento público o privado, y cuando es conocida por el victimario con anterioridad a la comisión del delito), lo que aumentó hasta en un tercio la pena impuesta. (I)

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