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Estudiantes son marcados con pasado judicial

Estudiantes son marcados con pasado judicial
31 de julio de 2013 - 00:00

La sentencia condenatoria del Tribunal Noveno de Garantías Penales de Pichincha a los 12 estudiantes del Colegio Central Técnico, contra quienes se dictaron 21 días de prisión por el delito de rebelión sin previo concierto, será comunicada por escrito y aparecerá grabada en los archivos de la Función Judicial como  sentencia ejecutoriada.

La audiencia de juzgamiento se inició el viernes 26 de julio, cuando se recibieron testimonios de 29 personas, que estaban convocadas tanto por parte de la Fiscalía como de los cuatro defensores de los estudiantes implicados. La diligencia se extendió hasta cerca de la medianoche.

El proceso se volvió a instalar a las 11:00 de la mañana del lunes pasado, para escuchar las réplicas de la defensa y argumentos de la Fiscalía, y a las 15:00, el Tribunal, compuesto por Remigio Sacoto, Carlos Borja y Ramiro Burbano, ordenó el desalojo de  la sala para  deliberar.

La Fiscalía demostró en el proceso la participación de
los jóvenes en hechos violentos
Alrededor de las 18:00 del mismo día volvieron a instalar la sesión en la que indicaron haber hallado culpables a todos los estudiantes, según lo que indica el artículo 218 del Código Penal, y los sentenciaron a 21 días de prisión, sobre la  base del artículo 221, que en el último inciso señala que el delito de rebelión sin previo concierto tiene una pena de entre 15 días y 3 meses de cárcel.

El Tribunal dijo en la exposición que tomó en cuenta que este caso no es un delito individualizado, sino que el sujeto activo es un grupo, aunque los miembros que lo componen respondan penalmente a título personal. “En consecuencia, si uno forma parte del grupo de protesta violenta, aunque no se le pruebe que haya tirado la piedra, pero pertenece al grupo que se manifestó violentamente, es parte de ese grupo de rebelión”.

La protesta ocurrió el pasado 22 de febrero en las afueras del plantel, cuando varios estudiantes salieron a la calle Gaspar de Villarroel para manifestarse, supuestamente, en contra del cambio de nombre de la institución. El reclamo se tornó violento y degeneró en vandalismo, lo cual provocó daños a la propiedad privada, además de motos policiales afectadas por las piedras lanzadas.

La Policía detuvo a 67 supuestos estudiantes del colegio, de los cuales 12 que eran mayores de edad fueron conducidos hasta el CDP, donde pasaron detenidos 34 días, luego de lo cual se inició la instrucción fiscal por los desmanes ocurridos.

El fiscal Borman Peñaherrera se abstuvo de acusarlos y los 12 jóvenes salieron en libertad. Sin embargo, al subir el dictamen a consulta del fiscal provincial, Miguel Jurado, este lo revocó, por considerar que había motivos suficientes para acusar a los apresados por el delito de rebelión sin previo concierto. Por este motivo nombraron como nuevo fiscal a Luis Jaramillo, quien intervino en la audiencia preparatoria de juicio y en la de juzgamiento, el 26 de julio.

En la audiencia de juzgamiento, los abogados de la defensa solicitaron que la Fiscalía determine en qué  momento los jóvenes arrojaron las piedras y en qué lugar exacto fueron detenidos los estudiantes.

Sin embargo, la Policía explicó en la diligencia que el operativo policial alrededor del colegio se realizó en tres etapas: observación, análisis e identificación y neutralización. Una vez que reconocieron a quienes estaban incentivando y haciendo acciones violentas, procedieron a detenerlos, por eso llegaron alrededor de las 09:30, realizaron el análisis y recién a las 11:30 procedieron a neutralizar a los implicados.

Como los sentenciados ya pasaron 34 días detenidos, el Tribunal ordenó la inmediata libertad, lo cual motivó la alegría de los procesados y familiares, quienes insisten en que los jóvenes no participaron en la protesta.

La sentencia será comunicada a los casilleros de los abogados de la defensa por escrito, lo cual implica también que se añadirá a la hoja de vida judicial de los sentenciados y, según el Art. 84 del Código Penal, no se levantará de los archivos hasta luego de 2 años y 21 días, si es que no son implicados en otra infracción.

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