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En el accidente murió mauricio manuel lara

Agente de tránsito será juzgado por atropellar a periodista

Norma Toro, madre de la víctima, y su hermano Christian Lara revisan la tesis que Mauricio elaboró para graduarse de licenciado en Comunicación Social.
Norma Toro, madre de la víctima, y su hermano Christian Lara revisan la tesis que Mauricio elaboró para graduarse de licenciado en Comunicación Social.
Foto: Karly Torres/El Telégrafo
09 de enero de 2017 - 00:00 - Redacción Justicia

El periodista reciclador. Así era conocido Mauricio Manuel Lara Toro, de 32 años, quien el 28 de octubre de 2016 falleció tras ser embestido por una motocicleta, en la que circulaban dos agentes de la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM). El percance ocurrió en el norte de Guayaquil.

El joven se graduó como licenciado en Comunicación Social en la Universidad de Guayaquil, en 2015, pero no encontraba un trabajo acorde a su preparación, pese a que se graduó con excelentes calificaciones. El título no lo limitó y buscó cómo ayudar económicamente a Norma Toro, su madre, con quien vivía en la Cdla. 9 de Octubre, en el sur de la ciudad.

Cada mañana, antes de las 06:00, Mauricio se levantaba para viajar casi media hora al norte de la ciudad, donde repartía un rotativo de circulación gratuita a conductores y transeúntes. También los entregaba en una estación de la Metrovía. En esa labor tardaba más de dos horas y regresaba a casa.

Su día de trabajo no terminaba ahí, pues luego de compartir un momento con su progenitora recorría los callejones de su barrio para recolectar botellas plásticas.
Norma cuenta que su hijo no hurgaba fundas de basura, sino que los vecinos le separaban los envases y se los entregaban cada día. Posteriormente, Mauricio los vendía en una recicladora situada en la Cdla. Los Esteros, también en el sur.

“Lo admiraban por su humildad. Él nunca se creyó ni más ni menos que nadie”, rememora la madre, quien prefiere no hablar mucho del caso. “Cada vez que hablo de él, lloro”, revela. Pero la señora sonríe al reconocer frente a otro de sus vástagos que ‘Chichi’, como ella le decía de cariño, era su mimado. Es que no solo vivía con ella, sino que la consentía y hasta le cocinaba. “Hacía unas ensaladas riquísimas, le gustaba comer sano. Unas semanas antes de morir hizo colada morada y vendió aquí en el barrio”.

Norma descansa su espalda en el mueble rojo, donde el menor de sus tres hijos se tomó una de las últimas fotografías, lucía elegantemente vestido. “Le gustaba verse bien. También modelaba en desfiles de moda”, cuenta Christian Lara, su hermano, mientras muestra otras imágenes desde la pantalla de una cámara que su hermano usaba para los trabajos periodísticos que le pedían en la universidad. “Aquí está haciendo las prácticas. Él pasó por muchos medios de comunicación hizo radio, prensa escrita y televisión. Mire, también hacía labores comunitarias”.

La progenitora solo escucha, mientras trata de no llorar. Frente a ella está un portarretrato con la foto de su hijo ataviado de una capa y una museta. Es una de sus favoritas. “Soñé con verlo en la televisión. Vi cuanto se esforzó por ser alguien y decía que iba a llegar lejos, que no siempre repartiría periódicos y reciclaría botellas”.
“¡Qué inteligente que era mi ñaño!, pero también era muy sensible. Decía que todos los trabajadores debían ser tratados por igual, hasta los que están en la calle. Veía muchas cosas que quería cambiar. Se preocupaba por la inclusión de las personas y en su tesis de fin de la carrera analizó ese tema, pero aplicado a los medios de comunicación. En la dedicatoria de ese documento se refirió a los peligros que se vivían en la calle, donde coincidentemente él perdió la vida”.

El juicio fue postergado

Juan Carlos A.V. es el procesado por la muerte de Mauricio Lara Toro. El hombre no se encuentra en prisión, pues en la audiencia de flagrancia le dictaron las siguientes medidas sustitutivas: presentarse cada 15 días ante la autoridad competente y la prohibición de salida del país. El artículo 536 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que en caso de incumplirlas, el juez ordenará la prisión preventiva del procesado.

Para las 09:00 del jueves anterior estaba previsto el juicio en la Unidad Judicial Norte anexa al centro comercial Albán Borja, pero el fiscal Franklin Muzzio solicitó que se señalara una nueva fecha debido a que en el mismo momento tenía otra audiencia de juzgamiento en el cantón Durán (Guayas).

Además, el abogado del denunciado presentó un certificado médico para justificar su ausencia y pedir que la diligencia fuera diferida a otro momento.

Testigo del accidente

Ismael T., testigo del accidente de tránsito, contó que el 28 de octubre, aproximadamente a las 06:42, iba en un taxi amigo por la avenida de Las Américas. A la altura de una gasolinera  vio que en el carril exclusivo de la Metrovía se trasladaban en una moto dos agentes y se pasaron la luz roja. “Hice un comentario de lo visto, cuando seguimos la marcha dentro del taxi escuché y vi que salió por los aires el señor Lara Toro. Me bajé a brindar ayuda. La moto después del impacto rodó más de 50 metros. Calculo que iban a unos 80 kilómetros por hora. La persona herida solicitó ayuda y se la brindé”.

Muerte culposa

Juan Carlos A.V. está procesado por el delito de muerte culposa tipificado en el artículo 377 del COIP. En el cual se estipula que “la persona que ocasione un accidente de tránsito del que resulte 1a muerte de una o más personas por infringir un deber objetivo de cuidado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años, suspensión de la licencia de conducir por seis meses una vez cumplida 1a pena privativa de libertad”.

La pena aumenta a entre tres a cinco años cuando el resultado es producto de acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas, tales como: exceso de velocidad, conocimiento de las malas condiciones mecánicas del vehículo, llantas lisas y desgastadas, haber conducido e1 vehículo más allá de las horas permitidas por la ley o malas condiciones físicas del conductor, inobservancia de leyes, reglamentos, regulaciones técnicas u órdenes legítimas de las autoridades o agentes de tránsito. (I)

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