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31 jueces fueron destituidos por manifiesta negligencia en 2016

La exmagistrada laboraba en la Unidad Judicial de la Florida. Área de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.
La exmagistrada laboraba en la Unidad Judicial de la Florida. Área de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.
Foto: Archivo / El Telégrafo
23 de noviembre de 2016 - 00:00 - Redacción Justicia

Manifiesta negligencia. Así denomina el Consejo de la Judicatura (CJ) a la falta por la que Lorena Matilde Collantes Loor fue destituida de su puesto como jueza de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, cargo que ejerció desde mayo de 2015 hasta el 28 de octubre de este año.

Esa falta es considerada gravísima según el artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial y es sancionada con destitución. Por la misma infracción 31 jueces fueron separados durante 2016.

La normativa establece 18 inobservancias disciplinarias de ese nivel, todas sancionadas con destitución. El numeral 7 establece: “Intervenir en las causas que debe actuar, como juez, fiscal o defensor público, con dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable”.

Otras faltas consideradas en este artículo son: no comparecer a una audiencia, excepto por caso fortuito o fuerza mayor;  revelar, antes de la práctica de la diligencia de confesión, el contenido de las posiciones presentadas en sobre cerrado; ausentarse por más de tres días de su puesto o por cinco días no consecutivos durante un mes.

También  haber recibido condena en firme como autor o cómplice de un delito doloso reprimido con pena de privación de la libertad; acosar sexualmente a sus inferiores jerárquicos, compañeros de trabajo o usuarios del servicio, u ofrecer favores de este tipo a sus superiores a cambio de obtener un trato preferencial; entre otros.

Carina Peralta, vocal del Consejo de la Judicatura (CJ), indicó que “ninguna funcionaria pública o cualquiera que no pertenezca a instituciones de este tipo está exento de responder ante la ley. Ella (Lorena Collantes) fue resultado de un concurso de Oposición y Méritos, pero complementario al proceso viene la evaluación y control disciplinario. Ganó un concurso transparente y con buena nota, pero pasó por un control disciplinario luego de que  un usuario se quejara de una negligencia de ella”.

El CJ precisó que la Subdirección Nacional del Sistema Disciplinario realizó las investigaciones y análisis correspondientes. En diciembre de 2015 fue suspendida del cargo por el plazo de 5 días sin goce de remuneración; en septiembre de 2016 fue suspendida del cargo (por no asistir a una audiencia) y el 28 de octubre fue destituida por reincidencias.

Gustavo Jalkh, presidente del CJ, dijo que la exjueza “tendrá que responder a la ley porque nadie tiene inmunidad, ni está blindado como funcionario ni como exfuncionario”.

Faltas graves y leves

Hay otras faltas que se consideran graves y que son castigadas con suspensión temporal; como pasó con el juez, Josafat De Jesús M.V., de la Unidad Judicial Penal con competencia en Delitos Flagrantes. El 12 de noviembre el magistrado protagonizó un escándalo en la vía pública. En los exteriores del domicilio de su expareja lanzó insultos y golpes a policías que acudieron al lugar ocasionándoles incapacidad de un día y asilo hospitalario; también causó lesiones menores a una mujer.

Entre estas infracciones se mencionan también el trabajar en estado de ebriedad o bajo efecto de sustancias estupefacientes; no firmar intencionalmente actas, providencias o diligencias judiciales; dejar caducar la prisión preventiva; agredir de palabra o por escrito, siempre que los términos empleados constituyan injurias graves, según el Código Penal, o de obra a sus superiores o inferiores jerárquicos, compañeros de trabajo o usuarios del servicio; entre otras. La reiteración de estas faltas por tres ocasiones en un período de un año será motivo de destitución.

Por faltas leves el Consejo de la Judicatura impone amonestación escrita o sanción pecuniaria, a juicio del sancionador. (I)

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