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Las autoridades de la mesa de justicia efectuaron ayer un balance del primer mes dEl COip

197 personas recuperan la libertad por aplicación del Código Penal

Los reos ahora pueden solicitar la revisión de sus casos para recuperar la libertad. Foto: Archivo / El Telégrafo
Los reos ahora pueden solicitar la revisión de sus casos para recuperar la libertad. Foto: Archivo / El Telégrafo
11 de septiembre de 2014 - 00:00 - Redacción Justicia

Al cumplirse un mes de la vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP), 197 internos sentenciados de las cárceles del país recuperaron la libertad en audiencias de rebaja de penas. Otras 300 solicitudes siguen en trámite, las cuales se evacuarán paulatinamente.

Un balance de lo desarrollado durante el primer mes de aplicación del COIP efectuó la mañana de ayer la Mesa de Justicia, integrada por varios ministerios y presidida por el presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh.

Las personas que hayan sido sentenciadas o que cumplen una condena pueden pedir la audiencia de rebaja de penas. “El juez, con la presencia del implicado y el fiscal del caso expondrán de forma sustentada las razones de la solicitud, sobre la base de la cual se decide si procede la rebaja o la libertad, dependiendo del caso”, explicó Jalkh.

Estas audiencias se sustentan en el principio de favorabilidad que permite se aplique el beneficio de una ley posterior a quien está cumpliendo condena o está siendo juzgado al momento de la publicación de la nueva normativa; sin embargo, no opera de forma automática, debe solicitarse al juez de garantías penitenciarias  o penales una audiencia oral y pública.

El artículo 570 del COIP establece la realización de este tipo de  audiencias. “Para quien no está sentenciado todavía, el artículo 16 establece que el juez analizará la pertinencia sobre la aplicación de la nueva normativa, en caso de que sea más benigna o beneficie al procesado”, señaló Jalkh.

El fiscal Galo Chiriboga manifestó que, si no hay sentencia en una causa iniciada antes de que entre en vigencia el COIP,se aplicará directamente la normativa: “Puede pasar que la persona que pide el beneficio esté procesada en otra causa, lo cual tiene que hacerle conocer al juez”.

Al respecto, Néstor Arbito, vocal de la Judicatura, mencionó que no cabe la solicitud de rebaja de pena para las personas sentenciadas con posterioridad a la vigencia del COIP.

El COIP extinguió cerca de 128 delitos y contravenciones que constaban en el Código Penal derogado; además, rebajó el tiempo de condena en 32 delitos.

Jalkh expresó que desde el inicio de la aplicación del COIPse han tramitado 3.564 causas en las unidades judiciales del país, de las cuales 2.135 fueron delitos flagrantes.

De ese número, 527 audiencias se realizaron bajo la modalidad de juicio directo, lo cual ha permitido que en 177 casos se dicten sentencias.

Sobre este tema, el titular de la Judicatura dijo que durante los primeros días se detectó cierta  confusión de jueces, especialmente a nivel de cantones, que no daban paso al juicio directo que es de aplicación obligatoria, cuando la pena del delito que se juzga no supera los 5 años de reclusión.

Por este motivo, la Escuela de la Función Judicial realizó un trabajo de capacitación adicional para resolver los problemas de interpretación.

Jalkh considera que el COIP se está aplicando con buen criterio, los operadores judiciales están usando las normas procesales adecuadas. “Se han presentado ciertas dificultades en temas muy específicos, pero se han resuelto”, aseguró.

El Consejo de la Judicatura también emitió un nuevo reglamento para garantizar la atención inmediata a las víctimas de violencia intrafamiliar.

Karina Peralta, vocal de la Judicatura, explicó que con este protocolo se asegura la protección judicial de las víctimas, especialmente mujeres, para que puedan obtener la boleta de auxilio sin demora, incluso los fiscales pueden pedir las boletas haciendo una llamada telefónica al juez de turno.

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