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El Telégrafo
Patricio Benalcázar Alarcón

No cabe la mediación en delitos sexuales

16 de octubre de 2018 - 00:00

El pasado 9 de octubre el Consejo de la Judicatura Transitorio firmó un Acuerdo con la Arquidiócesis de Guayaquil para promover la mediación escolar en 29 instituciones educativas. Según se informó los mediadores podrían atender los problemas relacionados con violencia escolar, incluso casos de violencia sexual.

La mediación es la intervención en un conflicto, de un tercero neutral aceptado por las partes, que no toma la decisión, sino que les ayuda a alcanzar su propio arreglo poniendo fin a un conflicto sin necesidad de acudir a la justicia.

El Comité de Derechos del Niño en su observación general número 13, desarrolla el derecho de los niños a no ser objeto de ninguna forma de violencia y determina que los Estados tienen la obligación de actuar con la debida diligencia, prevenir la violencia o las violaciones de derechos, proteger a los niños que han sido víctimas o testigos, investigar y castigar a los responsables y ofrecer vías de reparación.

Ecuador en octubre de 2017 fue observado por este Comité que de manera expresa solicitó se “… vele porque las escuelas establezcan, con carácter prioritario, programas y actividades de sensibilización contra la violencia, los malos tratos, el acoso y el hostigamiento en la escuela, promuevan el respeto de la vida y la integridad física entre los niños y difunda entre los niños, los padres, los cuidadores, los docentes y el personal… información sobre los mecanismos de denuncia y las vías de recurso existentes… en casos de hostigamiento, acoso y malos tratos en el entorno escolar.”

En esa perspectiva, es preciso recordar al Consejo de la Judicatura y a las instancias oficiales responsables de la protección de los derechos humanos, que frente a hechos de violencia, especialmente sexual, las o los directores, educadores u otras personas responsables de instituciones educativas, por presuntos delitos cometidos en dichos centros tienen la obligación de denunciarlos ante la administración de justicia, pues los delitos contra la integridad personal y sexual están excluidos de cualquier forma de conciliación. (O)

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