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El Telégrafo
Mauricio Maldonado

Iusnaturalismo y primer liberalismo

14 de mayo de 2019 - 00:00

La moderna teoría de los derechos apareció con los primeros escritos de los iusnaturalistas (siglos XVII y XVIII). Estas teorías, que coincidieron con la difusión del pensamiento liberal e ilustrado, presuponían la existencia de un hipotético “estado de naturaleza” en donde los derechos del hombre existían ya, al menos la vida, la libertad y la propiedad. La ideología del “estado liberal clásico” tenía como presupuesto filosófico al iusnaturalismo.

Sin embargo, lo que vale como presupuesto filosófico no vale necesariamente como teoría de los derechos. Bobbio era un importante crítico del iusnaturalismo, aunque solo fuese por su heterogeneidad y por sus pretensiones teóricas, no por la ideología que presupone. El problema no es tanto la plausibilidad o no del iusnaturalismo para fundar una determinada doctrina de los derechos, cuanto las relaciones producidas entre estas doctrinas en la historia del pensamiento político.

En el caso del liberalismo clásico de época ilustrada, el iusnaturalismo se convirtió en su aliado contra la doctrina monárquica del “Estado absoluto”; aun cuando la instalación efectiva de los ideales liberales en los Estados modernos no se debiera simplemente a la plausibilidad o no de la doctrina de los derechos naturales, sino a las luchas que con tales bases ideales lograron la emancipación gradual (todavía hoy incompleta) del ser humano.

Al respecto, es iluminadora la precisión de Bobbio: “Mientras el curso histórico camina de un estado inicial de servidumbre a estados sucesivos de conquista de espacios de libertad por parte de los sujetos, mediante un proceso de liberación gradual, la doctrina transita el camino inverso (...). En sustancia, la doctrina, bajo la especie de teoría de los derechos naturales, invierte el recorrido del curso histórico, poniendo al inicio como fundamento y por consiguiente como prius, lo que históricamente es el resultado, el posterius”.

Presuponer un orden opuesto supondría aceptar como válida una falacia “post hoc, ergo ante hoc”. La forma usual de la falacia suele designarse con el latinismo “post hoc, ergo propter hoc” (dado que algo es posterior a otra cosa, entonces ese algo debe ser su causa). En cambio, la primera forma es usada por Eco para referirse a los argumentos en donde “no hay linealidad temporalmente ordenada de las cadenas causales”, por lo que “se admite una consecuencia y se interpreta como causa de la propia causa”: los caballos trotando detrás del carruaje. (O)

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