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El Telégrafo
César Montaño

Impuestos y avalúos municipales

27 de marzo de 2018 - 00:00

Los tributos -impuestos, tasas y contribuciones- que pagamos son numerosos y no gozan de simpatía amplia. Esto se da especialmente en países carentes de instituciones sólidas, donde reina la corrupción y los servicios públicos son deficientes. Pero lo cierto es que con el pago de tributos sostenemos al Estado, las políticas públicas y los derechos.    

El impuesto es la figura tributaria por excelencia; de esta especie de gravamen en Ecuador tenemos cerca de 100, benefician al Estado central, a gobiernos autónomos descentralizados y a otras instituciones sobre todo públicas. Históricamente se han creado por ley impuestos diversos que someten a imposición situaciones, actos, actividades, negocios, los cuales ocurren una y otra vez en la sociedad y en el mercado, ejemplos, percibir renta anual, adquirir un vehículo, tener un inmueble, comprar licor.

Todos los casos poseen trasfondo económico, prueba de aptitud contributiva de una persona natural o jurídica.

Uno de los principales tributos que soportamos en la ciudad es el impuesto predial, sufragado por el propietario en beneficio de la municipalidad en cuyo territorio está asentado el inmueble. En el Distrito Metropolitano de Quito existen poco más de 900 mil predios entre urbanos y rurales.

Hace poco se presentó acá un grave problema con la determinación del impuesto predial, mejor dicho, con la manera forzada como se realizó el avalúo de cada inmueble previo a aplicar la tarifa impositiva, según el Código de la materia. La mayoría de avalúos resultaron exagerados, no sintonizaban con la realidad económica, lo que disparó no solo el impuesto predial sino también otros basados en el avalúo. Los cambios en el catastro fueron solapados y con clara orientación recaudatoria. Menos mal que las autoridades luego intentaron resolver los problemas.

En Ecuador hay 221 cantones, cada uno con su municipio, así puede existir similar número de metodologías y parámetros de avaluación de predios, lo que podría arrojar resultados inaceptables en muchos casos, ejemplo, una misma edificación puede valer diferente según el territorio cantonal en el que se asiente, esto además generaría un impuesto predial distinto en cada municipalidad.

Pero hay más: casi nadie conoce las razones por las cuales su propiedad inmueble tiene un determinado avalúo ni cómo se lo ha establecido. A veces el avalúo resulta exorbitante, como acaba de acontecer con cientos de miles de predios de la capital o, raramente menor respecto a los valores en el mercado inmobiliario.

El poder Legislativo debe mejorar la legislación vigente, garantizar que sea general y provea seguridad, que contenga parámetros sencillos y universalmente utilizados para la avaluación; en cambio, los municipios deben realizar los avalúos responsablemente, según su realidad, sin manipulación ni al ojo, cuidando al contribuyente. (O)

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