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El Telégrafo
Juan Cruz Esquivel

El sostenimiento estatal a la Iglesia católica

20 de marzo de 2018 - 00:00

En los últimos días, se ha instalado en la agenda pública la discusión en torno a uno de los tantos aportes económicos que realiza el Estado a la Iglesia católica. Puntualmente, el de las asignaciones que reciben los arzobispos y obispos.

Esa erogación responde al Decreto-Ley Nº 21.950, sancionado en 1979, que prescribe el otorgamiento de una asignación mensual a los arzobispos y obispos con jurisdicción sobre arquidiócesis, diócesis, prelaturas, eparquías y exarcados del culto católico apostólico romano. Se ha argumentado que esa normativa “interpreta” el espíritu del artículo segundo de la Constitución, que hace referencia al sostenimiento del culto católico por parte del gobierno federal.

Es pertinente aclarar que los 130 millones de pesos que actualmente el Gobierno dice entregar a la Iglesia en concepto de asignaciones para su jerarquía es apenas una pequeña porción, si los comparamos con los subsidios recibidos por sus establecimientos educativos, sus organizaciones caritativas y productivas. O incluso, si los cotejamos con los ingresos propios de la institución católica. Focalizar el debate en el “salario” de los obispos puede resultar mediáticamente fructífero en términos de audiencias, pero desde el punto de vista analítico es superficial e insuficiente.

En las antípodas, debemos situar a modelos como el italiano o el alemán, en el que cada ciudadano(a) indica si desea destinar parte de sus contribuciones a algún culto en particular o a ninguno. No son las estructuras institucionalizadas de los poderes religiosos las que definen los aportes estatales, sino la ciudadanía, que es la que ejerce el derecho a decidir la direccionalidad de una parte de sus impuestos.

De todos modos, independientemente de las motivaciones de aquellos que han colocado el financiamiento estatal del culto en la mesa de discusión, vale la pena no dejar pasar la oportunidad para impulsar transformaciones que armonicen la legislación respectiva con los principios de la libertad de conciencia y el respeto por la diversidad, normas fundamentales para una convivencia democrática. (O)

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