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El Telégrafo
Mauricio Maldonado

Sobre los derechos de los animales

11 de diciembre de 2018 - 00:00

En la reflexión filosófica se han planteado varios debates acerca de la posibilidad de identificar a nuevos sujetos de derecho. El más interesante de estos debates tiene que ver con la posibilidad de atribuir o reconocer derechos a los animales. Nótese que esta no es la única discusión que se ha dado en la historia acerca de la posibilidad de atribuir a los animales “situaciones jurídicas subjetivas”. Aunque en el pasado se pensaba en obligaciones y no en derechos.

En época griega y romana se cuenta de ciertos casos en donde se consideraba a los animales como “personalmente” responsables de ciertos actos. Incluso se dice que en tiempos de la Inquisición se realizaron sendos procesos contra una cerda acusada de un homicidio, entre otros casos igualmente llamativos. Se habla, por ejemplo, de “juicios realizados físicamente a animales, y de sentencias dictadas en su contra tan curiosas como la expulsión de los animales... de los campos cultivados a tierras salvajes”. Kelsen atribuye estos casos a una concepción esencialmente animista.  Esta concepción fue eventualmente abandonada. Sin embargo, no desapareció el debate acerca de los “deberes humanos hacia los animales”. El propio Kant estuvo inmiscuido en este debate. Para él, los seres humanos no tienen deberes directos hacia los animales, sino solamente hacia otros humanos; sin embargo, dice que maltratar a un animal es un acto inhumano, de modo que si debemos evitar realizar este tipo de actos es porque debemos a otros humanos conservar nuestra humanidad. Empero, también esta concepción ha ido cediendo terreno, y hoy prácticamente no hay moralista que no sostenga que tenemos algunos deberes directos hacia los animales.

Por supuesto, y como ya dije, el debate aparentemente más complejo es aquel que tiene que ver con los derechos de los animales. Este debate, que los animalistas han avivado desde hace al menos tres décadas, constituye uno de los últimos de una larga lista de reivindicaciones que pretenden el reconocimiento de un cierto estatus a algunos “agentes morales” y a otros “pacientes morales” (este último sería el caso de ciertos animales, pero también de algunos seres humanos con capacidades disminuidas en razón de su edad o de su estado físico o mental). En términos morales, esta última distinción resulta persuasiva, y aunque la mayoría de ordenamientos jurídicos se han limitado a reconocer obligaciones directas de los humanos hacia los animales, tenemos ya algunos ejemplos en donde al menos algunos animales han sido considerados “sujetos no humanos de derechos”. (O)

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