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El proyecto de Ley Extinción de Dominio va al segundo debate este martes
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Extinción de dominio. Ese proyecto tendrá su segundo y definitivo debate este martes en la Asamblea Nacional. Es una propuesta presentada en octubre de 2019 por el asambleísta, de las filas de CREO, pero actualmente independiente, Fabricio Villamar.
El proyecto de Ley Orgánica Extinción de Dominio tiene 74 artículos, cuatro disposiciones generales, 11 disposiciones transitorias, dos reformatorias y una final.
Pero ¿qué es la extinción de dominio? Es un mecanismo mediante el cual el Estado puede perseguir los bienes de origen o destinación ilícita, a través de una vía judicial que declara la pérdida del derecho de propiedad de esos recursos. Es decir, la extinción de dominio es la declaración de titularidad de los bienes mal habidos a favor del Estado.
Se aplica sobre bienes adquiridos mediante acciones u omisiones contrarias al derecho. Es de naturaleza jurisdiccional y de carácter real, se dirige contra bienes y no contra personas y se declara a través de un procedimiento autónomo e independiente de cualquier otro juicio o proceso.
La exposición de motivos de la Comisión de Participación Ciudadana, que analizó el proyecto, señala que la idea es limitar los derechos de la propiedad adquiridos de manera ilegal, producto de cualquier tipo de actividad contraria al ordenamiento jurídico, por corrupción o delincuencia organizada transnacional.
La organización no gubernamental Transparencia Internacional (TI) en su informe de 2018 sobre la percepción de la corrupción en el sector público dice que “hay un continuo fracaso de la mayoría de los países para controlar significativamente la corrupción y esto contribuye a una crisis de la democracia en todo el mundo.
América Latina no ha logrado avanzar en el combate a la corrupción. Entre los 183 países observados, Ecuador se encuentra en el puesto 34, con un mayor índice de percepción de corrupción.
Mientras el informe de Competitividad Global 2016- 2017, del Foro Económico Mundial, Ecuador tenía uno de los sistemas judiciales menos independientes. Se ubica en el puesto 134 de independencia judicial de 138 países evaluados. Pero hay que aclarar que eso ocurrió durante el gobierno de Rafael Correa.
Sobre el crimen organizado transnacional, Ecuador tiene una ubicación geográfica estratégica y otras características ambientales por las cuales los grupos delictivos aprovechen el país como punto de trasbordo de narcóticos, tráfico de personas, contrabando de mercancías y como refugio logístico.
El informe de la comisión dice que México (2019), Perú (2019), Colombia (2014), Argentina (2019) y El Salvador (2013) y cuentan mecanismos jurídicos para recuperar bienes obtenidos de manera corrupta e ilícita.
¿Cuáles son los bienes de extinción de dominio?
Todos los que sean susceptibles de valoración económica, muebles e inmuebles y partes integrantes, accesorios, frutos y productos de esos bienes, dinero, activos de cualquier tipo, corporales, sujetos a registro o no, así como acciones, títulos, valores, derechos fiduciarios y cuentas del sistema financiero, o aquellos sobre los cuales pueda recaer un derecho de contenido patrimonio.
Los principios del proyecto
Quizá los principios que han causado más revuelo son la retrospectividad y la imprescriptibilidad. El primero es un fenómeno que se presenta cuando la norma se aplica, desde que entra en vigor, a situaciones que han estado gobernadas por una norma anterior, pero cuyos efectos jurídicos no se han consolidado al momento de entrar a regir la nueva disposición normativa.
La imprescriptibilidad la calidad que mantienen determinados derechos u obligaciones que no desaparece por el paso del tiempo, el cual no daña o prescribe.
Sujetos procesales:
a) La Procuraduría General del Estado
b) El o los afectados
c) La Fiscalía General del Estado
El proyecto establece tres medidas cautelares que podrán ser ordenadas por la PGE: La primera es la prohibición de enajenar; la segunda es la retención; y la tercera es la incautación.
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