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COE nacional no emitirá salvoconductos durante el estado de excepción

COE nacional no emitirá salvoconductos durante el estado de excepción
Cortesía
22 de diciembre de 2020 - 19:16 - Redacción Actualidad

Desde las diez de la noche hasta las cuatro de la mañana rige el toque de queda a nivel nacional.  Según la resolución del Comité de Operaciones de Emergencia esta medida se aplicará por 15 días.  Ni personas ni vehículos podrán estar en las calles en este rango horario. 

Pero además, hay modificaciones específicas para los automotores.  Conforme al último dígito de la placa, los vehículos particulares deberán circular así: lunes, miércoles y viernes las placas impares; martes, jueves y sábados las placas pares; el domingo 27 de diciembre podrán movilizarse los automotores con placas impares y el domingo 3 de enero las pares.

Por fuera de este esquema podrán desplazarse las personas que pertenezcan a los siguientes sectores:

  • Servicios de Salud
  • Seguridad Pública, Privada, Servicios de Emergencias y Agencias de Control
  • Sectores Estratégicos
  • Sector Exportador y toda su cadena logística
  • Prestación de servicios básicos
  • Provisión de alimentos
  • Provisión de medicinas e insumos sanitarios
  • Medios de comunicación
  • Sector Financiero
  • Servicio consular acreditado en el país
  • Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada
  • Funcionarios del Consejo Nacional Electoral
  • Abogados
  • Funcionarios de la Función Judicial y del Registro Social
  • Candidatos de elección popular acreditados por el CNE
  • Entes de control de los GADS

En estos casos, los documentos habilitantes serán sus credenciales, RUC, RISE y guías de remisión.  “La disposición es clara y es que tenemos que seguir apoyando a todos los frentes que trabajan para la oxigenación de la economía nacional y de la reactivación que nosotros respetamos mucho” dijo Juan Zapata, Presidente del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional. 

En la reunión se definieron las sanciones que se aplicarán para quienes incumplan el toque de queda.  Serán de tipo pecuniario al igual que en el estado de excepción anterior: la primera vez USD 100, la segunda vez USD  200 y la tercera existirá la opción de la privación de la libertad. 

Zapata informó que también se dio paso al pedido del Ministerio de Salud de solicitar a la Cancillería y al Ministerio de Transporte y Obras Públicas que determine las directrices para que todos los viajeros que ingresen al país porten su prueba PCR negativa física con la finalidad de que sea entregado a la autoridad sanitaria para que se hagan las verificaciones e los laboratorios de origen.  La adulteración y el uso inadecuado de un documento público se sancionan con 5 a 7 años de cárcel.   

Finalmente, por pedido de la Agencia Nacional de Tránsito, se autorizó la libre circulación para el transporte público, urbano, comercial y turístico fuera del horario del toque de queda.  Los autobuses que dan servicio interprovincial y que permanecen en vía por más de seis horas, siempre y cuando salgan antes de las diez de la noche también quedan exentos del esquema par e impar.

Durante este tiempo, ni el COE Nacional ni los GADS emitirán salvoconductos.  En Quito, el protocolo contempla que quienes se trasladan al aeropuerto o tienen citas médicas están facultados para transitar sin este documento. 

Estas son disposiciones de carácter obligatorio para todos los cantones del país. (I)    

 

 

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