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Así será la circulación vehicular en Quito durante el mes de agosto

Así será la circulación vehicular en Quito durante el mes de agosto
03 de agosto de 2021 - 09:06 - Redacción Web

La medida ´Hoy no Circula´ se mantiene durante el mes de agosto en la capital según anunció el Municipio. Esto con el objetivo de contener la pandemia por covid-19. La restricción se aplica desde las 07:00 hasta las 19:00. Una vez terminado este periodo de tiempo todos los autos tienen libre movilidad.

Los automotores deberán revisar el cronograma según el último dígito de la placa vehicular para evitar la multa, que incluye la retención del vehículo y el pago de $200 como dispone la Agencia Metropolitana de Tránsito.

Lunes 02 de agosto:

Restricción de movilidad para vehículos con placas terminadas en 0, 1, 2 y 3.

Mates 03 de agosto:

Restricción de movilidad para vehículos con placas terminadas en 2, 3, 4 y 5.

Miércoles 04 de agosto:

Restricción de movilidad para vehículos con placas terminadas en 4, 5, 6 y 7.

Jueves 05 de agosto:

Restricción de movilidad para vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8 y 9

Viernes 06 de agosto:

Restricción de movilidad para vehículos con placas terminadas en 0, 1, 8 y 9.

Las excepciones a esta restricción incluyen a los sectores estratégicos, delivery, así como a los que tienen asignado el turno para la vacunación o revisión vehicular. Además, podrán movilizarse en estos casos:

  • Oficiales del Presidente y Vicepresidente de la República.
  • Oficiales del Cuerpo Diplomático y Consular acreditado ante el Gobierno.
  • Transporte de personas con discapacidades.
  • Vehículos conducidos por personas de la tercera edad.
  • Vehículos de emergencias: ambulancias públicas o privadas, motobombas y/o rescate del Cuerpo de Bomberos y automotores de la Policía Nacional en cumplimiento de su misión específica y vehículos de rescate o asistencia social.
  • Vehículos de transporte colectivo de personas: público (buses urbanos e interparroquial, Sistema Metrobús Q); comercial (escolar, institucional, turístico); y, por cuenta propia (iniciativa empresarial); legalmente registrados.
  • Automotores de transporte comercial rural.
  • Vehículos híbridos.

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