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El Telégrafo
Sebastián Vallejo

El juicio al lirismo

19 de mayo de 2017 - 00:00

El día de ayer la Fiscalía escuchó la versión de Luis Eduardo Vivanco, director general de diario La Hora, sobre una demanda interpuesta por el Ministerio del Interior por “confundir a la ciudadanía atribuyendo responsabilidad al Gobierno Nacional en hechos de corrupción e intentando deslegitimar su más elevado deber cumplido”. Sin todavía adentrarnos en el motivo detrás de la demanda, vale preguntarse si el Ministerio del Interior es el mejor representante del ‘Gobierno Nacional’ y guardián de su legitimidad, así como el sustento jurídico en el que se basa un juicio por “confundir a la ciudadanía”.

El 13 de abril, Luis Vivanco tuiteó: “Sobre estos colchones descansa la revolución”, acompañando a una foto del Ministerio del Interior del dinero que se encontró del narcotraficante Édison Prado Álava, quien, entre otras tantas cosas, tenía como informante a un capitán de Policía. Sobre ese tuit, y otro preguntando si “el narco sostiene la dolarización?” (sic) en respuesta a un comentario de otro tuitero, el Ministerio del Interior demanda a Vivanco (o, por lo menos, estos fueron los que derramaron la gota).

Los tuits son muchas cosas: malintencionados, descontextualizados, poco profesionales (para alguien cuya figura pública está ligada a un periódico), simplistas y parte de un repertorio de crítica fácil en un círculo donde todos piensan igual. Pero no son ilegales. En todo caso, no son claramente ilegales, y el Ministerio tendrá que hacer mucha gimnasia jurídica para convencer a un juez y, más complicado aún, a la opinión pública, que es válido y proporcionado sentenciar con cárcel a un periodista por lirismo tuitero.
Porque, al final del día, no se puede leer más que el lirismo que dejan una pregunta abierta y seis palabras de un tuit. Esta última, una opinión que no recae sobre nadie en particular, sino sobre un abstracto que es ‘la revolución’.

Lo que termina diciendo la demanda del Ministerio del Interior es que no hay cómo criticar al régimen, en abstracto, porque la ciudadanía se va a ‘confundir’. Que Vivanco desacredite una acción del ministerio aludiendo a una corrupción más amplia en el Gobierno, no es más que su derecho a cuestionar a la autoridad pública. Más aún, un comentario sobre la calidad moral de ‘la revolución’ no puede ser motivo de delito, peor aún argumentando “confundir a la ciudadanía”, porque entonces no habría opinión posible, sino aquella que le convenga al objeto sobre el cual se está opinando. Por otro lado, “deslegitimar su más elevado deber cumplido”, no es más que sugerir que no es permitido discrepar ni cuestionar los acciones y deberes de la autoridad pública, incluso cuando los servidores públicos piensan haber realizado un trabajo adecuado. Esa, precisamente, era la idea del ciudadano como mandante.

Es decir, no hay ‘intimidación’, de lo que parece se lo acusa a Vivanco, porque la intimidación requiere una amenaza de causar daño a una persona: no hay amenaza, ni tampoco una persona amenazada. No hay una atribución de responsabilidad explícita al Gobierno Nacional, sino la relación de un evento específico a un tema más amplio que, además, ya ha sido admitido por el propio Gobierno.

Lo que queda, al final, es una opinión. Una opinión envuelta en la simplicidad del lirismo digital, pero una opinión al final. ¿Puede el Ministerio del Interior demandar por difamación a Luis Vivanco por un tuit? Sí. En un mundo de abogados, por todo se puede demandar. Hay mucho que criticar a la posición del ministerio, pero por ahora la responsabilidad recae en la Fiscalía. La responsabilidad de evitar crear un precedente terrible sobre los límites de la opinión de un ciudadano. (O)

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