Tomada de la edición impresa del 02 de enero del 2010

Personas con VIH callan el discrimen laboral

Maritza Rodríguez, de la Dirección Jurídica de la Defensoría del Pueblo, explica el estado de un caso de discriminación. | FOTO: PAÚL NAVARRETE / El Telégrafo

FOTO: PAÚL NAVARRETE / El Telégrafo

Maritza Rodríguez, de la Dirección Jurídica de la Defensoría del Pueblo, explica el estado de un caso de discriminación.

Datos


La Constitución en el artículo 11 determina que todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.  Nadie podrá ser discriminado por (...) su estado de salud, portar VIH, discapacidad... 

Según el Acuerdo Ministerial 322, expedido en 2006, se prohíbe la terminación de las relaciones laborales por petición de visto bueno del empleador, por desahucio, o por despido de trabajadores y trabajadoras  por estado de salud que estén viviendo con VIH/sida, en virtud de que violenta el principio de no discriminación consagrado en la Constitución y el Convenio 111 de la OIT.
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Si una persona que vive con VIH/sida es víctima de discrimen laboral puede acudir a la Defensoría del Pueblo (Av. La Prensa   Jorge Piedra, Quito) o a una de las inspectorías  del Ministerio de Trabajo.  Ambas instituciones garantizan total  confidencialidad.

Los afectados dan a conocer su temor en ONG, pero no denuncian la exclusión ante las autoridades.


 
Fabricio trabajó cerca de seis años como técnico de Baxter, una empresa multinacional que entre sus servicios oferta  diálisis para personas con insuficiencia renal.  Luego de cuatro  años  en situación de tercerizado ingresó, hace dos, a la nómina de compañía, pero en noviembre pasado fue despedido. Para Fabricio se trata de un caso de discrimen laboral, pues él es portador del VIH.

Hernán Barrios, asesor legal de la  empresa, aduce que la separación de Fabricio se debió  a “motivos relacionados con el cumplimiento de sus labores en la empresa”.

Pese a ser el único caso que se ha ventilado de manera formal en varias instancias judiciales  -ahora espera un fallo de la Corte Constitucional-, no forma parte de  un hecho aislado.  Así lo confirma Santiago Jaramillo, secretario general de Coalición Ecuatoriana de Personas que viven con VIH/SIDA. 

“Nosotros  recibimos permanentemente denuncias  de personas con VIH (alrededor de 40 por año)  cuyos derechos laborales han sido violentados.  Conocemos de muchas empresas que hacen exámenes anualmente a sus  empleados  para sus seguros  privados, pero  cometen  violaciones a los derechos humanos.  Sin embargo, las personas, por desconfianza en el sistema judicial, se abstienen de  interponer acciones legales y seguir hasta las últimas consecuencias”, recalca.

De ahí que en instancias como  la Defensoría del Pueblo apenas se han tramitado dos casos por discrimen laboral a portadores del VIH/sida en este año.  Y en el Ministerio de Relaciones Laborales se han recibido solo  cuatro quejas sobre el tema.  Todas -indica la entidad- se solucionaron y los afectados fueron reintegrados a sus puestos laborales, porque se comprobó que los  despidos se dieron por discrimen. 

En  esta cartera de Estado, la Unidad de Género es la encargada de monitorear y asistir el cumplimiento de los derechos de las personas con VIH.   Desde esta instancia se conoció  la situación de una persona que luego de realizarse exámenes a pedido de la empresa donde laboraba cinco años, empezó a sufrir hostigamiento debido a su diagnóstico de VIH positivo.

El Ministerio revela que en este caso se violó el derecho de confidencialidad que tienen todas  las personas con VIH, ya que  únicamente el portador   decide si revela o no su condición de salud. 

Para Rosario Utreras, comisionada nacional de Derechos Humanos y Género de la Defensoría del Pueblo,  el temor de este grupo a ser víctimas de una discriminación mayor hace que desistan de iniciar cualquier tipo de  acción legal.  “Generalmente acuden a entidades de la sociedad civil, pero no formalizan su caso ante otras instancias”. De ahí que mientras a la Coalición Ecuatoriana de Personas que viven con VIH le llegan unos 40 casos por año, formalmente las autoridades conozcan solo 6.

Utreras ejemplifica con el caso de un empleado bancario que  puso su queja en la Defensoría, pero ante la resistencia de la empresa a reponerlo en su puesto de trabajo, finalmente desistió.

El ex empleado de Baxter señala que sufrió hostigamiento laboral y que vivió una situación de  incertidumbre antes de su despido.  “Me quitaron la clave del computador, me  dejaron sin parqueadero... Me decían que estaba despedido y luego me llamaban para que me reintegre al trabajo”, indica.

Utreras señala que el acoso laboral es una de las constantes de los casos en los que las empresas saben que el empleado es portador del virus “e inmediatamente buscan todas las formas  para que salga del trabajo y comienzan acciones que podríamos calificar de acoso laboral.  Porque saben que no es  posible despedir a una persona por este tipo de situaciones, pretenden, mediante métodos  ‘creativos’,  que la persona se despeche para poder deshacerse del trabajador”. 

Por su parte,  Barrios afirma  que una vez que Baxter supo que Fabricio   portaba el VIH,  debió analizar si la labor que él desempeñaba, como técnico de las máquinas de diálisis, podría  afectar o no a los pacientes que reciben este tratamiento.

Ilmer Coello, ex trabajador de Baxter y quien conoció el ejercicio laboral de Fabricio, opina que las aseveraciones de la empresa sobre el mal desempeño de su antes compañero  son falsas.  “La compañía  tiene un proceso de calificación de sus empleados muy riguroso. Una revisión de la documentación  demostraría que Fabricio no tiene observaciones  ni peticiones de mejoramiento”, comenta.

Maritza Rodríguez, quien desde la Dirección Jurídica de la Defensoría lleva la queja de Fabricio, argumenta que el hecho de que una empresa decida despedir a un empleado  por su estado de salud no solo viola la Constitución y acuerdos nacionales e internacionales vigentes, sino que, además, provoca la muerte social del individuo.

“Al dejar sin empleo a una persona con VIH lo que se hace es anular su proyecto de vida, dificultar su acceso a los antirretrovirales,  negarle la posibilidad a un ingreso y a una vida digna”, señala.  

La funcionaria agrega que si bien es cierto un empleado  que ya esté en tratamiento por esta enfermedad puede bajar su rendimiento, la opción de  la empresa no debe ser el despido.  “Si el malestar es persistente lo que puede hacer el empleador es solicitar al Instituto de Seguridad Social  la jubilación por motivo de invalidez”, sugiere.

Diego Coronel, uno de los abogados del ex empleado de Baxter, menciona que este caso va más allá de lo laboral porque se trata de un proceso   legal, de derechos humanos y de derechos fundamentales de las personas en materia constitucional.

Pero son precisamente esos derechos  los que, según Rodríguez, aún se desconocen en el grupo de personas que viven con VIH/sida.  “La gente no sabe que, independientemente de su padecimiento, tiene derecho al trabajo, consagrado en  la Constitución. Hace falta que se conozca plenamente que una persona con el virus sigue siendo productiva y que el diagnóstico positivo no es una sentencia de muerte”.


“...Por desconfianza en el sistema judicial se abstienen de interponer acciones legales y llegar hasta las últimas consecuencias”
Santiago Jaramillo, Coalición de Personas con VIH/SIDA


“Independientemente de su padecimiento,                                   las personas tienen derecho al trabajo...  Una persona con VIH sigue siendo productiva”
Maritza Rodríguez, Defensoría del Pueblo
Fátima Cárdenas
fcardenas@telegrafo.com.ec
Reportera - Quito