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LA LEY INCENTIVA ACCIONES De protección y conservación de la fauna silvestre

El Código Ambiental reconoce a los animales como sujetos de derecho

Un grupo de activistas organizó un plantón en Quito, en el Día Internacional de los Derechos Animales. La actividad se efectuó el pasado 10 de diciembre.
Un grupo de activistas organizó un plantón en Quito, en el Día Internacional de los Derechos Animales. La actividad se efectuó el pasado 10 de diciembre.
Foto: Daniel Molineros / El Telégrafo
27 de diciembre de 2016 - 00:00 - Redacción Sociedad

En Ecuador los animales son sujetos de derecho. El reconocimiento consta en el primer capítulo del Código Orgánico del Ambiente (COA) aprobado en la Asamblea Nacional.

La normativa plantea prohibiciones: provocarles maltrato, daño, muerte, abandono, hacinamiento, aislamiento, envenenamiento, publicación de material que promueva la violencia y la zoofilia.

Blanca Argüello, del colectivo Amigos Peludos, considera que el COA es un logro para los que no tienen voz. Ella sostiene que la prohibición de la zoofilia es un elemento importante pues en el país se han registrado varios casos.

En este año -recuerda- Dulce, una perra, fue atendida en una clínica de Protección Animal Ecuador (PAE), ubicada en el norte de la capital. El animal llegó en pésimo estado de salud. Los médicos determinaron que sus tejidos vaginales y rectales estaban destrozados y se concluyó que había sido víctima de abuso sexual. “No puede volver a suceder. Ahora hay una ley que lo prohíbe y sanciona”.

De acuerdo con el COA, ya no puede donarse animales de compañía en calidad de premio, recompensa o reclamo publicitario; su entrega o captura para laboratorios o clínicas para experimentación.

También está vetada la explotación de animales destinados al trabajo; la crianza, tenencia o comercialización de fauna silvestre exótica o nativa y de sus partes constitutivas (colmillos, piel y garras).

Queda prohibida la utilización en espectáculos circenses, fines industriales o experimentación y la vivisección de especies en los planteles educativos.

El docente Juan Carlos Huertas recuerda que cuando cursaba sus estudios secundarios su profesor de Ciencias Naturales pidió a todos los alumnos traer un animal pequeño para practicar una disección y aprender el funcionamiento fisiológico de un organismo. “Algunos llevamos conejos pequeños, los dormimos con formol y con un bisturí el profesor abrió toda la parte frontal del animal”.

Al respecto, el Ministerio de Educación informó que esta práctica ya no se realiza desde hace 10 años en ningún nivel de formación.

Las sanciones serán económicas y de trabajo comunitario

En los casos de abandono, maltrato o utilización de los animales domésticos para otros fines, la sanción será el retiro de las especies para ponerlas bajo protección. El infractor deberá prestar servicio comunitario hasta por 500 horas.

Las multas económicas las impondrán los municipios. La ley indica que será obligatorio que los infractores cubran la totalidad de los gastos derivados de la atención veterinaria, alimentación y mantenimiento en caso de que un animal necesite recuperación médica.

En cuanto al valor de las multas, el COA plantea algunos parámetros generales, como tener en cuenta la situación económica del infractor. Esto se realizaría con base en la última declaración del Impuesto a la Renta y la gravedad del daño ambiental. Las multas van desde los $ 366 hasta los $ 73.200

Los Cabildos regularán las corridas de toros y las peleas de gallos

Uno de los artículos más debatidos antes de la aprobación de la ley fue el 147. El mandato ciudadano de la Consulta Popular de 2011 fue ratificado de forma íntegra. De los 221 cantones del país, 127 decidieron que en su jurisdicción no quieren espectáculos en los que mueran los animales.

El COA reza que los municipios regularán las corridas de toros, las peleas de gallos, los rodeos montuvios y los toros de pueblo.

Mariano Zambrano, prefecto de Manabí, provincia en la que todos sus cantones ratificaron esas expresiones, indicó que el rodeo montuvio y las peleas de gallos son parte de las tradiciones de su pueblo. Para él fue un acierto que el COA respete la voluntad del pueblo expresada en dicho referendo.

La normativa indica que cuando se desarrollen estas actividades se regularán los horarios y la compatibilidad de uso de suelo. En las peleas de gallos y en las corridas de toros no se permitirá el ingreso de menores de edad.

El veterinario Arturo Montenegro explica que actualmente el toro no muere en la arena, pero sufre durante el ruedo. El mamífero tiene un sistema nervioso evolucionado.

Por ello, durante la lidia, desarrollan estrés, pues están sometidos a una serie de acciones que anulan su capacidad de defensa. Las banderillas que se clavan sobre el lomo del animal desgarran su piel y se enganchan con fuerza en los tejidos internos.

En Quito, a pesar de que la población desaprobó esa manifestación, aún se efectúan corridas durante las fiestas de fundación de la capital con la diferencia de que la muerte se da en el corral.

Un estudio de la Universidad de Barcelona, en el que se analizó a más de 6.000 toros, sugiere un gran número de lesiones que sufren estos animales durante el desembarco del camión, la espera previa a su salida a la plaza y la lidia. (I)

SIETE LIBROS CONFORMAN EL COA

El COA contiene 331 artículos. La normativa fue aprobada en la Asamblea Nacional con 78 votos. Ocho legisladores votaron en contra y hubo 33 abstenciones.

La normativa acoge derechos, deberes y responsabilidades ambientales. El COA regula el bienestar animal y respeta las tradiciones ancestrales de las comunidades que habitan en el país.  

El segundo libro, también plantea mecanismos para la conservación de la biodiversidad nacional (flora y fauna). Aquí se busca potenciar el cuidado, la protección y la supervivencia de la vida silvestre.

El COA prohíbe la caza deportiva. Solo se permite la captura con fines alimenticios de una comunidad. También contempla regularizaciones para el control de especies invasoras como el caso de los chivos en el archipiélago de Galápagos.

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