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¿Para qué sirve tener medicinas y acceso desigual?

¿Para qué sirve tener medicinas y acceso desigual?
02 de marzo de 2017 - 00:00 - Martin Khor, analista. Director ejecutivo del Centro del Sur.

La revista The Lancet publicó un artículo que explica por qué los precios de los medicamentos han quedado fuera del alcance de la gente común. Su lectura lleva a 2 preguntas: ¿para qué sirve tener medicamentos maravillosos si la mayoría de las personas no puede usarlos? y ¿no es inmoral que los medicamentos que pueden salvar su vida no se le puedan suministrar debido a su alto costo?

El artículo usa como ejemplo clave al Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP). Su capítulo sobre propiedad intelectual es “particularmente perjudicial para el sector de la salud y restringe el acceso a los últimos avances en medicamentos, herramientas de diagnóstico y otras tecnologías médicas que salvan vidas”, sostiene la publicación.
Médicos Sin Fronteras es más duro: “El TPP representa el intento de mayor alcance hasta la fecha para imponer agresivos estándares ADPIC-plus de propiedad intelectual que inclinan aún más la balanza hacia los intereses comerciales y no de la salud pública”.

Los miembros de la Organización Mundial del Comercio deben implementar el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), pero no asumir obligaciones adicionales, conocidas como ADPIC-Plus. El TPP contiene cláusulas en relación a esto.

Primero, un país no tiene por qué conceder patentes simplemente por modificar medicamentos existentes. El TPP exige que las conceda al menos en estos casos: nuevos usos, métodos y procesos para el uso de un producto conocido. Segundo, el acuerdo requiere 20 años para el término de una patente. El TPP exige que se amplíe si se producen retrasos “irrazonables” en la expedición de la misma o si el plazo efectivo se restringe como consecuencia del proceso de aprobación de la comercialización.

Tercero, los datos de las pruebas clínicas de una empresa pueden ser utilizados por la autoridad reguladora de un país como base para otorgar la aprobación de la seguridad o la eficacia de medicamentos genéricos con características similares. Bajo el TPP, los datos de la empresa original están “protegidos” y no se permite la aprobación de medicamentos similares con base en dichos datos. El período de “exclusividad” es de al menos 5 años para los productos que contienen una nueva entidad química, o de 3 años para las modificaciones de los medicamentos existentes.

Para los “productos biológicos” -medicamentos muy costosos para el tratamiento del cáncer y otras afecciones- hay como mínimo 8 años de exclusividad. Finalmente, los países miembros del TPP deben permitir que el titular de los derechos inicie una acción para detener cualquier mercancía importada “sospechosa de marca falsa o confusamente similar”, lo que podría impedir la entrada de medicamentos genéricos asequibles. (O)

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