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Ambato, la disolución colombiana y las cohesiones. 1830

Ambato, la disolución colombiana y las cohesiones. 1830
11 de noviembre de 2017 - 00:00 - Pedro Reino Garcés, historiador/cronista oficial de Ambato

Partamos del conocimiento del documento con el cual, los ambateños de la época, se adhieren a la resolución tomada desde el centralismo quiteño, respecto a las tendencias de apoyar a Flores que manejaba la idea de disolver la unidad llamada Grancolombiana.

“En la villa de San Juan de Ambato, a los 16 días del mes de mayo de 1830 años, reunidas las corporaciones y padres de familia, por el señor Jefe Político Javier Villagómez, a consecuencia de habérseles invitado a instruirse del pronunciamiento  emitido en la capital del Distrito, relativo a la forma de gobierno que deben adoptar los pueblos del Sur, en circunstancias de hallarse disuelta la unión nacional, por los acontecimientos del Norte y otras provincias de la República.

Leída la acta de dicha Capital, se adhirieron unánimemente los individuos que componen esta reunión, a todos los puntos contenidos en aquel documento, asegurando los señores que forman esta Municipalidad, ser este el voto general del cantón y, convencidos de que para evitar la anarquía en la terrible crisis en que se halla la Nación, no puede adoptarse medida más sabia ni más conveniente a las necesidades del Sur, que hace mucho tiempo a que ha experimentado el sistema central que regía antes la República era insuficiente para promover su felicidad respecto a que entre otros inconvenientes se tocaba el mayor de que las leyes sancionadas en el Congreso General eran, en la mayor parte, inadaptables al país y contrarias a su felicidad.

En su virtud acordaron: que se pronunciaban solemnemente por el mismo sistema adoptado en la Capital, mucho más cuando en los momentos peligrosos de una innovación, el juicio y probidad de los Señores que han suscrito aquella Acta, han colocado a la cabeza de nuestros destinos, al bien experto, prudente y sagaz Señor General de División Juan José Flores, de quien esperan todos los bienes que son consecuentes a un gobierno sabio y justo, no dudando que proceda a reunir, cuanto antes la Convención del Sur, que debe darnos una Constitución liberal y análoga a nuestros intereses y fijar para siempre nuestros destinos, relacionándonos más estrechamente con los demás Estados en que se divida la República, protestando a la faz del público que no por este pronunciamiento, desconocemos en manera alguna los incomparables servicios con que Su Excelencia, el Libertador, ha sellado la libertad de nuestro Continente, elevando Colombia al más alto grado de gloria no menos que libertándole repetidas veces de los furores de la anarquía, cuyos paternales oficios inmortalizan nuestra gratitud.

A su consecuencia,  informada la Junta de los términos de este acuerdo, ratificándolo de común consentimiento, lo firmaron todos los concurrentes, disponiendo que se elevase por el Señor Juez Político copia certificada, al Señor General Prefecto del Departamento, para que la transmita a su excelencia el señor Jefe Supremo – José Javier Villagómez.- Próspero Vásconez.- Tomás Sevilla.- Fray José Duque, Guardián.

Fray Mariano Domingo Benítez, Cura Teniente de La Matriz.- Pío de Escudero.- Pedro José Egüez.- Antonio Valdiviezo.- Rafael Albornoz.- Joaquín de Saá.- Francisco Flor.- Pedro Sánchez.- Diego Vela.- José Vásconez.- Alejando Arias.- El Escribano.- Antonio  Cisneros.- Feliz López.- Manuel Albuja.- Pedro Vaca.- Manuel Cisneros.- Juan Paredes y Ampudia.- Juan Antonio Cajas.- Juan Terán.- Francisco Toro.- Manuel Buenaño.- Mariano Zapater.- José Mariano Robledo.- Tomás de Lagos.- Mariano Viteri.- Posidio Valverde.- Ignacio Albán.- Manuel Tejada.- Ignacio Vela.- Felipe Ramírez.- Luis López.- Joaquín Castro.- José Sánchez.- Joaquín Fernández.- José Romero.- Tadeo Dávalos.- Pedro Manuel Quiñones.- Agustín Vaca, Secretario.- Francisco Vásconez.- ”

“Es fiel copia del Acta original que pende en el archivo de mi cargo, de la que saco y certifico fielmente, a que, en caso necesario, me remito, y para que de ello conste y obre el efecto que haya lugar, doy la presente y lo firmo.

En Ambato, mayo 17 de 1830 años.- Firma, Agustín Vaca. Secretario”. Dato del Cronista de Ambato, Isaías Toro Ruiz, publicado en ‘El Municipio, órgano de intereses municipales, Año XIV, Ambato noviembre de 1930, # 209, p. 341 y 342.’

¿Acaso no se ha repetido la historia fragmentada en historieta? (O)

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