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El Telégrafo
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El Gobierno conocerá su propuesta

Viteri apoya la tesis de una Constituyente

Viteri apoya la tesis de una Constituyente
Foto: EL TELÉGRAFO
26 de septiembre de 2017 - 00:00 - Redacción Política

Como un mecanismo genuino e incluyente calificó el asambleísta Carlos Viteri Gualinga, de Alianza PAIS, la posibilidad de impulsar una Asamblea Constituyente, como una alternativa a la consulta popular que propone el Gobierno.   

“Según como se ha planteado el tema, estoy absolutamente convencido de que la vía más adecuada, aquella que la Constitución determina, es la Asamblea Constituyente”, sostuvo y anticipó que su propuesta será conocida por el Jefe de Estado mañana.

Para el legislador, las propuestas que diversos sectores han planteado responden a un cambio en la estructura del Estado. “Una de las primeras es aquella que proviene desde el señor Guillermo Lasso, pero también de Centro Democrático, el ex-MPD, el sector de los trabajadores, la autodenominada Comisión Anticorrupción, entre otros”.

Y consideró que todos los planteamientos tienen como objetivo el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). “Tienen un blanco, que es la Función de Transparencia y Control. En el caso del señor Lasso, él habla de eliminar a 10 entidades. Los otros que mencioné coinciden en dejar sin funciones a todas estas instituciones”.

Por ello explicó que el Artículo 441 es claro en el sentido de tomar esta alternativa cuando existen tesis que significan afectar la estructura del Estado y sus elementos constitutivos, además de que otros puntos apuntan a una regresión de derechos, por ejemplo, cuando se intenta dejar sin efecto las enmiendas constitucionales o eliminar el derecho a elección que, erróneamente, se define como reelección indefinida.

Cuestionó que las propuestas se difundan a manera de ‘bombardeo’ a través de los medios de comunicación y de esta forma se quiera imponer los temas a través de una consulta popular.

La Constitución puede ser modificada vía enmienda, consulta o referéndum, siempre y cuando no afecte a la estructura del Estado, restrinja derechos y garantías, o afecte su estructura. (I)

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