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Sentencia por aborto de mujer violada genera polémica

Una mujer participa en una manifestación en apoyo de Evelyn Hernández, quien fue condenada a la privación de libertad por un presunto aborto, en San Salvador.
Una mujer participa en una manifestación en apoyo de Evelyn Hernández, quien fue condenada a la privación de libertad por un presunto aborto, en San Salvador.
Foto: AFP
16 de julio de 2017 - 00:00 - Redacción Mundo

San Salvador.-

Evelyn Hernández Cruz quedó embarazada tras ser víctima de violencia sexual en una pequeña comunidad del municipio de El Carmen, en El Salvador. Guardó el secreto de su violación por miedo, ya que su agresor era un pandillero que abusó de ella durante meses como parte de una relación forzada.

La joven, que en aquel momento tenía 18 años, asegura que desconocía que estaba embarazada. El 6 de abril de 2016 estaba en su casa y sintió fuertes dolores en el vientre y la espalda. Fue al servicio sanitario donde dio a luz a un bebé y se desmayó.

Su madre buscó ayuda médica para trasladarla al hospital Nuestra Señora de Fátima, de la ciudad de Cojutepeque, donde fue atendida por una hemorragia vaginal producto de un parto extrahospitalario.

La señora afirmó que no sabía nada del recién nacido y desconocía que su hija estaba embarazada y que hubiese abortado.

Las autoridades iniciaron la investigación, rescataron en la casa de la joven el cuerpo sin vida del bebé y en un primer momento fue acusada de haber tenido un aborto provocado, pero durante el proceso judicial se cambió la tipificación del delito por otro de mayores consecuencias.

Hernández, de 19 años, ha permanecido presa en la cárcel de mujeres desde el incidente y el 7 de julio fue condenada a 30 años de prisión acusada de homicidio agravado. La jueza dio como válidos los alegatos de la Fiscalía de que ella no buscó asistencia prenatal porque no quería al bebé y lo tiró al retrete para matarlo.

Dennis Muñoz, su abogado, asegura que ella fue condenada injustamente porque “toda la prueba es basada en indicios, puro prejuicio de lo que debió hacer”. “La Fiscalía dice que no llevó control prenatal, pero no describe una conducta encaminada a provocar la muerte de su hijo recién nacido”.

Los forenses no han sido capaces de determinar si el bebé murió en el útero o una vez fuera. Pero, según el diario La Prensa Gráfica, los alegatos de “emergencia obstétrica” presentados por la defensa no convencieron a la jueza.

La sanción

La legislación salvadoreña penaliza todas las formas de aborto, incluso el terapéutico, y de realizarlo, tanto las mujeres como los médicos serían juzgados en los tribunales de justicia. De ser culpables podrían ser enviados a la cárcel de 2 a 8 años. No obstante, en casos como en el de Evelyn, si el delito se cambia a homicidio agravado -aquel provocado en razón de parentesco de la víctima y el victimario- estas mujeres pueden ser condenadas entre 30 y 50 años de cárcel.

Distintas organizaciones no gubernamentales cuestionaron el fallo. Según Alberto Romero, de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, la sentencia muestra “la fragilidad del sistema judicial, que no da ningún tipo de garantías procesales” y “cómo se juzga con base en prejuicios y a la aplicación de estereotipos de género, del comportamiento que se supone debería tener una mujer”.

Sara García, defensora de los derechos de las mujeres del Colectivo Feminista en El Salvador, dijo que el caso de Evelyn es similar al de otras jóvenes que viven en situación de pobreza.

Según aseguró, en este tipo de casos no se incorporan evidencias y suele atribuirse la culpabilidad desde un inicio a pesar de que el embarazo es producto de abuso y violencia sexual.

Según el colectivo, cada año en el país hay más de 25.000 mujeres embarazadas después de sufrir violaciones.

Sin embargo, junto a Nicaragua, Honduras, República Dominicana y Chile, El Salvador es uno de los 5 países de América Latina que prohíbe el aborto sin excepciones. (I)

DATOS

Hasta la década del 90, en El Salvador se permitía abortar cuando el embarazo era el resultado de una violación; si se trataba de un bebé con malformaciones o si la madre corría riesgo de muerte.

Tras una modificación introducida en 1998 al Código Penal, el aborto está prohibido en todas las circunstancias, incluso en caso de violación o incesto.

El castigo por abortar es de hasta 8 años de cárcel. En caso de homicidio agravado, de 30 a 50.

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