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El Telégrafo
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Corte Interamericana sentencia a Colombia por violación de DD.HH. en 1996

Corte Interamericana sentencia a Colombia por violación de DD.HH. en 1996
AFP
30 de noviembre de 2017 - 20:48 - AFP

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó a Colombia por la desaparición forzada de 12 personas en 1996 durante acciones atribuidas al ejército y a paramilitares de derecha, informó este jueves el tribunal regional.

La CorteIDH también encontró al Estado colombiano responsable de violar el derecho a la justicia "en perjuicio de las víctimas y sus familiares por las investigaciones de esos hechos".

La desaparición forzada de esas personas se dio entre el 21 de junio y el 27 de diciembre de 1996 en la Vereda La Esperanza del departamento de Antioquia, una zona donde operaba la fuerza paramilitar Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio (ACMM).

"Esos hechos fueron atribuidos a miembros de las ACMM quienes actuaron en cooperación con integrantes de una unidad del Ejército llamada Fuerza de Tarea Águila, asentada en la base militar de la Piñuela", señaló un comunicado del tribunal regional, con sede en Costa Rica.

Añadió que las víctimas eran percibidas como simpatizantes o colaboradoras de los grupos guerrilleros que actuaban en la región.

El Estado colombiano reconoció ante la corte su responsabilidad por algunas de las acciones detalladas en la sentencia, no así su responsabilidad por la colaboración entre paramilitares y las fuerzas armadas, precisó el tribunal.

"La Corte estableció que como consecuencia directa de los hechos del caso, los familiares de las víctimas directas han padecido un profundo sufrimiento y angustia en detrimento de su integridad psíquica y moral", añade la sentencia.

Ante ello, ordenó a Colombia continuar con las investigaciones y procesos judiciales en curso, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y brindar tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas.

También ordenó levantar un monumento en la memoria de las personas desaparecidas y ejecutadas y pagar una indemnización a los familiares por concepto de daño material e inmaterial. (I)

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