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Entrevista / Nilza Salvo López / Directora del Centro de Estudios Judiciales de Uruguay (CEJU)

“Oralidad procesal significará un cambio en calidad de la justicia”

Foto: Miguel Jiménez / El Telégrafo
Foto: Miguel Jiménez / El Telégrafo
31 de julio de 2015 - 00:00 - Redacción Actualidad

La implementación de la oralidad procesal, como estipula el Código Orgánico General de Procesos (Cogep) y la Carta Magna será desde mayo de 2016 un gran desafío para Ecuador, en el afán de elevar la calidad, la transparencia, inmediación, celeridad y economía procesal de la justicia, así como en lograr un papel más activo de los jueces.

De allí que el presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, el lunes último destacó que no solo es un cambio en el código, sino un cambio de sistema, la transformación procesal más importante de la vida republicana del país.

Desde el 27 de julio y hasta hoy una delegación del Centro de Estudios Judiciales de Uruguay (CEJU) y de la Corte Suprema de Justicia se encuentra capacitando a 60 ‘líderes de formación de formadores’, compuesto por 44 jueces y 16 funcionarios judiciales de Ecuador, quienes a su vez, de septiembre de 2015 a inicios de 2016, lo replicarán entre todos los operadores de la justicia.

¿Qué salto cualitativo dará Ecuador cuando se implemente totalmente la oralidad procesal desde mayo de 2016?

La calidad de la justicia pasa por varios factores, pero fundamentalmente es un producto de quienes son y de quienes la hacen. Dentro de eso, el proceso oral significa un cambio total de actitud del juez, porque es quien va a tener que salir de su despacho a ver, participar, interrogar, recibir la prueba pericial, y eso hace que la calidad de la justicia sea mejor.

¿Por qué?

Porque el juez está involucrado desde el principio en el proceso, lo conoce, lo vive, lo cual es importante porque no es lo mismo el juez que lee un expediente aunque disponga de más tiempo, que el juez que vive el proceso.

Eso hace que la calidad de su decisión sea mejor, no en el término de citar doctrina y jurisprudencia, sino de lo que realmente se trata: satisfacer las necesidades de los ciudadanos que son los justiciables.

¿Y en cuanto a la transparencia?

Los juicios van a ser públicos. El juez va a estar constantemente rindiendo cuentas de su actividad. Por lo tanto, no va a tener que ir a buscar jurisprudencia para encontrar qué fallo fue ese o aquel, sino que se puede acceder a todo el proceso y al dictado de la sentencia.

¿Y sobre la agilidad en la justicia?

Por supuesto que la agilidad es un cambio gigantesco, aunque obvio que siempre van a haber procesos en curso, porque en la medida que un juicio termina, otros empiezan.

Pero en la medida también que como en Uruguay y en Ecuador ha aumentado el número de jueces, la justicia se vuelve más ágil. El proceso oral requiere más jueces...

¿Qué papel juega en todo esto la actitud del usuario de la justicia (ciudadanos) y de los abogados?

La ciudadanía va a empezar a ver con ojos favorables, porque lo que quiere es mirar a la cara al juez. Para el ciudadano, el momento de la audiencia es importante, aunque para el juez sea una audiencia más.

En cuanto al tema de los abogados, en Uruguay las agremiaciones de abogados y la academia los formó. Hemos tenido actividades conjuntas entre jueces y abogados.

Los abogados en Uruguay, a estas alturas no se imaginan otro proceso que no sea el oral, pues ya están acostumbrados.

Se han creado estudios con muchos abogados y por ello no tienen problema en asistir a audiencias, y de regla ahora todo el mundo está conforme con el proceso oral.

La realidad de un país es, lógicamente, distinta a la de otro en la parte cultural, jurídica y social. En ese sentido, ¿qué tanto se augura el éxito en Ecuador bajo la experiencia uruguaya en lo referente a la oralidad procesal?

Por más que tengamos diferencias hasta de integración de población, de distancias, de accesibilidad, no creo que haya una diferencia de esencia entre lo que va a ser el rol del juez en Ecuador, de lo que es el rol del juez en Uruguay. Es decir, no creo que incidan las diferencias como un obstáculo para que se logre lo mismo.

Por eso, lo que estamos intentando es transmitirle algunas pautas que en Uruguay fuimos aprendiendo a fuerza de ‘golpes’, porque nosotros no tuvimos esta formación actitudinal previa, pero para que los formadores ecuatorianos la adapten a la realidad de su país que es la que conocen.

Nosotros no venimos a decirle así hay que formar a un juez, sino que les venimos a decir lo hicimos así, nos servimos de estas herramientas y les damos nuestro conocimiento para que tomen de él lo que les sirva y lo apliquen.

Siempre habrá temor a lo desconocido. ¿Cuál sería su mensaje a los ecuatorianos una vez que en mayo de 2016 entre en vigencia la oralidad procesal como lo estipula el Cogep?

Que la oralidad no es un ‘cuco’ o monstruo, sino que cuando se aplique y se la viva van a empezar a ver las bondades del sistema.

¿Como cuáles?

Por ejemplo, la inmediación, el tema de que el juez esté directamente y participe junto al abogado y las partes del proceso.

Eso supone también el control de la imparcialidad, porque el juez va a estar dando la cara frente a todos los partícipes del proceso.

Y luego también va permitir juzgar, aunque, obvio, siempre va a haber alguien que no esté de acuerdo con la decisión del juez, pero sí van a poder apreciar cómo la decisión se adecúa a todo ese proceso.

¿Cuáles fueron los mayores problemas que tuvieron en Uruguay cuando hace 25 años se empezó a aplicar el Código General de Procesos y dentro de ello la oralidad procesal?

No tuvimos problemas en la aplicación del Código de Proceso; tuvimos más bien algún problema de infraestructura, porque los recursos de Uruguay eran menores a los que se ha destinado actualmente en Ecuador.

Luego, lo que se vio sobre la marcha, en la medida en que se fue incrementando el número de procesos orales, fueron algunos problemas de interpretación de la normativa, por lo que hace 3 años se hizo una revisión, pero sin dejar de tener la estructura básica y principios de nuestro Código.

En todo caso, ¿una reforma judicial no solo es infraestructura sino que abarca también el tema de formación de los operadores de justicia y el cambio de actitud?

Efectivamente, una reforma supone la infraestructura y la formación que no solo es de ahora, sino que la formación, como la seguimos haciendo en Uruguay, debe ser continua.

A la vez que van ingresando nuevos jueces, tienen que ser formados y se requiere también en este proceso una formación continua de los que ya están en ejercicio, a través de la Escuela Judicial.

Desde Uruguay, ¿cómo ven y qué conocen de los cambios que se han venido dando en los últimos años en el sector justicia de Ecuador?

Hemos visto con beneplácito cómo se han visto abocados a reformar en Ecuador estructuras que era necesario hacerlo, y cómo para ello la Corte Nacional de Justicia y el Consejo de la Judicatura han recibido un enorme apoyo económico, lo cual es importante porque sin ese respaldo no es posible una reforma ni tampoco que la justicia funcione bien. (I)

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