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La infracción es común en las vías a daule, a la costa y perimetral

Negligencia al llevar carga produjo 90 accidentes

En el sector de Los Ceibos (Guayaquil), una camioneta lleva sobrecarga de neumáticos sin seguridad alguna. Foto: Carly Torres / El Telégrafo
En el sector de Los Ceibos (Guayaquil), una camioneta lleva sobrecarga de neumáticos sin seguridad alguna. Foto: Carly Torres / El Telégrafo
31 de enero de 2015 - 00:00 - Redacción Justicia

Durante 2014 se registraron en Ecuador 90 accidentes de tránsito en los que la posible causa fue no cumplir con las normas de seguridad  al transportar carga (peso y volumen), según cifras de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT). En diciembre, 244 de los carros implicados en accidentes fueron camiones.

Ayer, en un recorrido por la vía a la Costa, Daule y Perimetral (Guayaquil) fue común ver a volquetes cargados de piedra y cascajo sin una lona que impida que la carga caiga a la calzada. Además, vehículos de carga llevando cemento, palés, sillas, ladrillos, bloques, ruedas metálicas, pedazos de madera y sacos con arena y bloque sujetados solo con sogas. Esta última semana hubo 3 incidentes. El jueves, el conductor de un bus de Rutas Empalmeñas falleció al no poder evadir un contenedor que cayó en la vía tras desprenderse de un cabezal. Este no fue el primer caso de este tipo, pues antes en la avenida 25 de Julio un contenedor cayó al vacío desde un puente. Otro percance ocurrió ayer en la vía Durán-El Triunfo: 10 personas fueron heridas cuando el bus de Trasandina se estrelló contra un camión. En Quito, el jueves un camión  cargado de cerdos se accidentó en la vía Guayllabamba-Tumbaco, en este caso, el conductor también falleció. Mauricio Martínez, chofer, mencionó que cuando un camión circula cerca de su carro prefiere alejarse, para él significa un riesgo. “En caso de que lleven una carga que no esté bien asegurada, mi reacción es bajar la velocidad y alejarme. Si estoy en una carretera con carril para rebasar, lo hago”.

Luis Lalama, comandante del Cuerpo de Vigilantes de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), recordó que el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el artículo 388 numeral 4 califica como contravención de tercera clase que la o el conductor transporte material inflamable, explosivo o peligroso en vehículos no acondicionados para el efecto o sin el permiso de la autoridad competente y las o los conductores no profesionales que realizaren esta actividad con un vehículo calificado para el efecto. La sanción es del 40% de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de 7.5 puntos a la licencia de conducir. “El carro no puede seguir circulando porque es un peligro y puede ocasionar un accidente”.

Lalama recomendó llamar al 911 y reportar el hecho indicando la dirección, el número de placa y las características del automotor.

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