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El Presidente de la Judicatura aseguró que los jueces están listos para aceptar el desafío del Cogep

La 'prueba' es fundamental en la presentación de la demanda

La 'prueba' es fundamental en la presentación de la demanda
Foto: Eduardo Escobar / El Telégrafo
23 de mayo de 2016 - 00:00 - Redacción Justicia

Desde hoy, el abogado o usuario que presente una demanda deberá adjuntar las pruebas que sustenten su denuncia, así lo establece el Código Orgánico General de Procesos (Cogep), que con su vigencia impone el sistema de la oralidad en la administración de justicia del país, específicamente en las materias no penales.

El artículo 142 del Cogep establece que la demanda se presentará por escrito y contendrá, entre los 13 requerimientos, el anuncio de los medios de prueba que se ofrece para acreditar los hechos.

Por ejemplo, en un caso de alimentos, el autor al presentar la demanda debe adjuntar las pruebas, lo mismo sucede con el demandado. En los juicios de alimentos la calidad de la prueba es del demandado, explica la doctora Dora Moreano, jueza provincial de la Sala de lo Civil de Guayas y docente temporal de la Escuela de la Función Judicial.

“En el Cogep los términos son perentorios,  y el éxito de este procedimiento radicará en que los abogados  litiguen en la  forma correcta, es decir, que sepan argumentar dentro de la audiencia, presenten las pruebas que correspondan de acuerdo con  el objeto del debate en audiencia”, dijo Moreano, que hasta diciembre dictará talleres teóricos y prácticos sobre la nueva normativa.

También, los casos que se presenten a partir de hoy serán sustanciados dependiendo de la situación, con los procedimientos ordinario, sumario, ejecutivo y monitorio.

Estos procedimientos, al igual que el anuncio de la prueba, el fortalecimiento de los métodos alternativos de solución de conflictos, y la decisión en audiencias, son las cuatro características principales del Cogep, según el presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh. “Con el Cogep dejamos atrás  más de un siglo de lo que significó un proceso escrito y engorroso. Vamos a ir a obtener justicia en audiencias”, indicó.

Para Néstor Arbito, vocal de la Judicatura, la nueva normativa tiene dos aspectos fundamentales: la oportunidad probatoria y las audiencias. Esto permite que el caso ya no se tramite durante el juicio, sino que lo lleven expuesto al momento de la demanda y contestación de la misma.

Aclaró que los jueces deben exigir a los abogados que entreguen información de calidad para poder tomar una decisión, como lo demandan los usuarios.
Instrucción de abogados

Uno de los desafíos que plantea el Código es el de la formación. “El abogado tiene que ir preparado con las pruebas a la audiencia. No es solo presentar un pagaré en la demanda, sino que debo demostrar por qué y para qué sirve, dentro del sistema  procesal  oral”,  sostuvo Andrés Quishpe, estudiante de Derecho que participó en uno de los conversatorios sobre el Cogep en Quito.

Efectivamente, el Código también exige que los abogados sepan litigar en audiencia, de lo contrario harán perder el juicio a su cliente.

Tomás Alvear, director general de la Judicatura, se refirió al rol de los abogados en la nueva legislación, al manifestar que deben desarrollar varios elementos como conocimiento, actitud, estrategia y preparación. “Estos aspectos permiten que los profesionales del Derecho den soluciones a los problemas que tienen sus clientes”. (I)

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