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La iniciativa supera las limitaciones de los umbrales establecidos por la omc

Sercop promueve el 'valor agregado ecuatoriano'

La adquisición pública de bienes y servicios privados promueve la conformación de vínculos entre empresas.
La adquisición pública de bienes y servicios privados promueve la conformación de vínculos entre empresas.
Foto: Álvaro Pérez / El Telégrafo
11 de octubre de 2016 - 00:00 - Redacción Economía

En el régimen multilateral de comercio, el ‘Acuerdo sobre Contratación Pública’ (ACP) abre la posibilidad para que empresas extranjeras puedan ofertar sus bienes o servicios a las instituciones públicas de un país signatario del compromiso.

Para regular la internacionalización de las compras públicas, la Organización Mundial de Comercio (OMC) establece normas para determinar qué proporción de un determinado producto o servicio fue elaborada dentro de un país.

Según las ‘reglas de contenido nacional’, por ejemplo, un producto es considerado ecuatoriano cuando el 40% de sus contenidos proviene de insumos originados en el país. Si el componente doméstico no llega a ese umbral, entonces ese insumo no será tratado como nacional.

En 1981, cuando el ACP entró en vigencia, las disposiciones sobre el contenido nacional parecían evitar que las empresas domésticas sean colocadas en desventaja con respecto a los proveedores extranjeros. Desde ese entonces, sin embargo, la normativa multilateral ha sido revisada en varias ocasiones pero no ha logrado superar sus limitaciones.

“La realidad productiva ecuatoriana es única. Los estándares internacionales no reflejan eso. Por ello, no puede existir un único umbral de bienes (40%) ni de servicios (60%) como lo determina la OMC. Los umbrales deben ser diversos para no excluir a muchos productores ecuatorianos”, explicó Santiago Vásquez, titular del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop).

Christian Cisneros, director ejecutivo de la Cámara de la Pequeña y Mediana Empresa de Pichincha (Capeipi), explicó la situación de la siguiente manera: “hace más de un año, el requisito del valor agregado era un problema para el industrial ecuatoriano. Muchos productores elaboran bienes cuyos componentes domésticos no llegan a representar el 40% del contenido del elaborado final. Por eso se permitía la importación de bienes, una política que beneficiaba a ciertas élites acostumbradas a importar una mercancía porque es más barato que producirla en el país. Felizmente, aquello ha cambiado”.

El cálculo del umbral benefició a 28.000 productos

Mediante la implementación del concepto de ‘valor agregado ecuatoriano’ (VAE), el Sercop otorga una preferencia a la producción nacional que genera reservas de mercado en la compra pública.

Para calcular el VAE de un bien o servicio que la empresa privada podría ofrecerle al Estado ecuatoriano, se toma en cuenta el porcentaje nacional de empleo, insumos, materias primas y servicios usados en la producción o en la compra de otros bienes ecuatorianos. Por ello, mientras mayor sea la adquisición de insumos locales y la utilización de trabajo de mano de obra nacional, mayor será también el VAE de un producto y de una empresa.

A través de esta propuesta, el Sercop tiene como objetivo apoyar a la producción interna mediante la contratación pública, garantizando preferencias y exclusividades de la producción ecuatoriana sobre el producto traído desde otro país.

También se busca generar incentivos para fomentar encadenamientos productivos nacionales porque, para poder aumentar el VAE de sus productos, las empresas buscan adquirir insumos y servicios de otras empresas domésticas.

En este sentido, desde el punto de vista del Estado ecuatoriano, el VAE es también un instrumento de apoyo para el diseño y ejecución de políticas públicas de inclusión económica y fomento productivo.

A efectos de alcanzar lo anterior, mediante un trabajo realizado conjuntamente con los gremios de la pequeña y mediana industria, el Sercop ajustó la exigencia de VAE por producto y determinó umbrales distintos para 28.000 bienes.

Esta propuesta de definición de umbrales lleva a la práctica preceptos constitucionales y legales Antecedentes, indicó Vásquez, quien especificó que el artículo 288 de la Constitución de la República establece que se priorizarán a los productos y servicios nacionales en las compras públicas .

También, el funcionario recordó que el artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) define el concepto de ‘origen nacional’ considerando a las obras, bienes y servicios que incorporen un componente ecuatoriano en los porcentajes que sean definidos sectorialmente por el Sercop. (I)

DATOS

$ 741 millones han sido adjudicados a productores ecuatorianos a través de los procesos de compra pública coordinados desde Sercop.

$ 53 millones fueron adjudicados en promedio cada mes, beneficiando a más de 3.000 productores nacionales.

$ 20 de cada $ 100 que el Estado adquiere en bienes y servicios de productores nacionales se dirigen a encadenamientos productivos con otros productores ecuatorianos.

$ 500 millones habrían salido del país para el pago de importaciones si el Gobierno Nacional no hubiese establecido una política de compra pública que privilegia la adquisición de los bienes y servicios ofertados por los agentes económicos nacionales. (I)

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