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Los argumentos presentados por el Gobierno fueron acogidos en este caso

Laudo final evita que Ecuador pague más dinero a petrolera

Laudo final evita que Ecuador pague más dinero a petrolera
Foto: Archivo / Tomada del Flickr de la Procuraduría General del Estado.
15 de febrero de 2017 - 00:00 - Redacción Economía

La Procuraduría General del Estado informó que el viernes pasado, el tribunal arbitral a cargo de la demanda iniciada por Murphy Exploration & Production Company International, en contra de Ecuador, rechazó las intenciones de dicha compañía petrolera de imponer al país una compensación adicional a la fijada en la sentencia parcial dictada el 6 de mayo de 2016.

En el comunicado se menciona que el tribunal emitió su dictamen final acogiendo la argumentación del Gobierno, con el fin de evitar el aumento de la indemnización fijada anteriormente.

En el laudo parcial de mayo, el tribunal ordenó a las partes realizar cálculos adicionales para fijar el valor justo de mercado de Murphy Ecuador, pues no contaba con los elementos de juicio necesarios para determinarlo.

Según la decisión parcial, la compañía tendría derecho al reconocimiento de este valor. “Luego de las presentaciones de las partes, el tribunal determinó que ese valor es cero y que la compañía no es titular de ese derecho”.

Además, el tribunal rechazó la solicitud de la demandante de que se considere a su favor una indemnización de daños y perjuicios por alrededor de $ 187 millones.

Ahora, el Estado solo reconocerá a Murphy el valor ya constante en su laudo parcial de $ 19’971.309 más intereses, que corresponde al 4% del monto solicitado en su demanda ($ 636 millones más intereses).

El procurador general del Estado, Diego García, señaló que Ecuador no acepta que un tribunal arbitral califique como ilícita una norma interna como la Ley 42, que fue dictada en cumplimiento de la normativa interna y en ejercicio del poder regulatorio del Estado.

“El tribunal no puede, a pretexto de proteger una inversión, desconocer la Ley ecuatoriana y menos sancionar al Estado por aplicarla, más todavía cuando otros tribunales han reconocido que la Ley 42 fue debida y legalmente dictada. Solo este razonamiento deriva en una causal de anulación”, indicó García.

En septiembre de 2011, Murphy inició un procedimiento arbitral en contra de Ecuador bajo las reglas de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, en el que buscaba una compensación por pérdidas que, según la empresa, sufrió como resultado de las medidas tomadas en relación con los ingresos extraordinarios de los hidrocarburos, las que fueron impuestas en concordancia con la Ley 42-2006. (I)

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