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El Telégrafo
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La autoridad de competencia envió solicitud

Conducta de empresas de papel suave motiva investigación

Eduardo Esparza (izq.) y Marcelo Ortega (c) entregaron una copia de la resolución de la SCPM a Oscar Pico (der.), abogado de Plásticos Rival.
Eduardo Esparza (izq.) y Marcelo Ortega (c) entregaron una copia de la resolución de la SCPM a Oscar Pico (der.), abogado de Plásticos Rival.
Foto: Álvaro Pérez / El Telégrafo
21 de octubre de 2016 - 00:00 - Redacción Economía

A través de una rueda de prensa, la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) informó que remitió una solicitud de investigación a la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN), institución encargada de indagar las conductas anticompetitivas de las empresas a nivel regional.

La solicitud hace referencia a una posible existencia de prácticas colusorias para fijar precios y distribuirse el mercado de manera anticompetitiva en la comercialización de productos de consumo masivo.

La Superintendencia de Industria y Comercio de la República de Colombia encontró que los operadores Colombiana Kimberly Colpapel y Productos Familia incurrieron en prácticas concertadas relacionadas con la fijación de precios y la repartición de mercados.

En base a este antecedente, indicó la SCPM, investigaciones preliminares efectuadas en Ecuador encontraron indicios de que las conductas de aquellas empresas realizadas en territorio colombiano habrían tenido efectos en el mercado ecuatoriano.

Dado que la SGCAN es el órgano competente para analizar las conductas anticompetitivas que se dan en un país miembro de la Comunidad Andina (CAN) cuando estas tengan efectos en otro de sus países miembros, la SCPM envió la solicitud conforme lo establecido en la Decisión 608 de la CAN.

En otro tema, la SCPM informó también que aceptó la solicitud de compromiso de cese planteada por Plásticos Rival, empresa nacional que participó en un proceso de subasta inversa cuyo objeto era la adquisición de pupitres para las instalaciones del Ministerio de Educación.

Además de cumplir con medidas correctivas y complementarias, aquel operador económico deberá cancelar $ 61.764 como importe de subsanación. (I)

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