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LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO LIDERÓ LA DEFENSA DE LA ENTIDAD NACIONAL

Comunidad Andina resuelve a favor de la CNT EP

Diego García, titular de la Procuraduría General del Estado
Diego García, titular de la Procuraduría General del Estado
Foto: EL TELÉGRAFO
06 de julio de 2017 - 00:00 - Redacción Economía

La Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), mediante Resolución 1935, emitida el 3 de julio de 2017, declaró infundada la solicitud de investigación por infracción de las normas andinas sobre competencia, requerida por las empresas Internexa S.A. de Colombia e Internexa Perú S.A., en contra de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT EP).

Así lo informó la Procuraduría General del Estado, que lideró la defensa de la CNT EP.  

En octubre de 2015, la CAN recibió la solicitud de dichas empresas para iniciar una investigación por la posible infracción de las normas contempladas en el artículo 8 literales e) y g) de la decisión 608, en contra de la CNT EP.

Luego, en febrero de 2017, el organismo regional, con Resolución 1827, resolvió iniciar la investigación, la cual fue notificada a la entidad nacional.

Las denunciantes reclamaban la existencia de una supuesta práctica de abuso de posición de dominio por parte de la CNT EP, por ello, interpusieron una denuncia que fue puesta en conocimiento de las autoridades de Competencia y los miembros del Comité Andino de Defensa de la Libre Competencia, en la que solicitaban el inicio de una investigación a nivel regional, así como también la entrega de hilos de fibra óptica de propiedad del Estado ecuatoriano y la imposición de una multa del 10% de los ingresos brutos percibidos por la CNT EP en el último año.

Conforme la normativa andina, los miembros del Comité llegaron a un consenso y recomendaron dar por terminada la investigación y declarar infundada la solicitud presentada por las denunciantes.

“La decisión reconoce que las empresas del Estado ejercen su actividad acorde con las normas de libre competencia”, manifestó el procurador Diego García. (I)

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