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Ecuador pedirá la anulación de fallo de Tribunal Arbitral en caso Burlington

Ecuador pedirá la anulación de fallo de Tribunal Arbitral en caso Burlington
08 de febrero de 2017 - 15:34 - Redacción Web

La Procuraduría General informó que solicitará la anulación del fallo del Tribunal Arbitral que conoció la demanda planteada por la compañía Burlington Resources Inc. en contra del Estado ecuatoriano. 

El tribunal -conformado por los árbitros Gabrielle Kaufmann-Kohler (presidente) y Briggitte Stern y Stephen Drymer (coárbitros)- emitió el martes su laudo final en el que, atendiendo los argumentos expuestos por la defensa del Estado, limitó la compensación a la inversionista en el 22% de la pretensión inicial demandada por la petrolera.

El fallo desestima el valor de $ 1.515’603.095 solicitados por la compañía, estableciendo como monto de compensación a la demandante el valor de $ 379'802.267 más intereses.

Además, el tribunal aceptó la contrademanda del Ecuador y declara que Burlington es responsable de los costos relativos a la restauración ambiental y a la remediación de la infraestructura de los bloques 7 y 21, por los daños ocasionados por la inversionista y su socia en la operación, por lo que le condena al pago de $ 41'776.492,77.

De esta manera, el tribunal acogió la argumentación del Ecuador en cuanto a que el Estado no se encontraba obligado a prorrogar el contrato del bloque 7 y tampoco a reconocer valor alguno por el reembolso de los pagos efectuados conforme a la Ley 42, decisiones que tuvieron un alto impacto en la reducción del valor de la indemnización.

La Procuraduría informó que, pese a la significativa reducción lograda, no está de acuerdo con las decisiones adoptadas por el tribunal a lo largo de este arbitraje y, en consecuencia, presentará la solicitud de anulación de sus decisiones.

Para Ecuador, el tribunal no consideró que la fecha de valuación para el cálculo del daño debía ser la de la supuesta expropiación (julio de 2009 al asumir la operación de los bloques abandonados por la operadora) y no a valor presente (agosto de 2016 cuando se hizo el cálculo), lo que a juicio de la profesora Briggite Stern puede ocultar una forma de doble contabilización.

Además, contradictoriamente a su decisión en una etapa anterior, ignoró los efectos de la Ley 42 al momento de calcular el flujo de ingresos futuros, a pesar de que ya había descartado que la Ley 42 haya sido violatoria del Tratado.

El procurador Diego García resaltó el hecho de que la argumentación del equipo de defensa del Ecuador consiguió la disminución de la cuantía solicitada por Burlington, evitando el pago del 78% de la demanda total. Sin embargo, reiteró su preocupación por las inconsistencias del sistema de arbitraje de inversión, que siempre busca una forma de compensar al inversionista, incluso rebasando los límites de la competencia arbitral y de la aplicación del derecho interno.

Afirmó que el equipo de defensa del Estado se encuentra analizando este laudo de más de 800 páginas, junto con las decisiones previamente adoptadas en este procedimiento, a efectos de presentar un recurso de anulación en los próximos días.

ANTECEDENTES

El 21 de abril de 2008 la petrolera planteó su demanda debido a la aplicación de la Ley 42, la misma que estableció una distribución más justa de los ingresos extraordinarios por el incremento en el precio del crudo ecuatoriano. La aplicación de la Ley 42 y la falta reiterada de pago de dicha ley derivó en una serie de acciones que la condujeron al abandono de la operación de los bloques a cargo de las petroleras Perenco y Burlington en julio de 2009 y a la resolución de caducidad de los contratos de participación en el año 2010. Burlington solicitó una indemnización de aproximadamente $ 1.500 millones incluidos intereses.

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