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Multas de la Supercom irán al Fondo de las Artes

En la Ley, el Fondo que reemplazará al Foncultura mantiene su principal fuente de financiamiento, es decir, el 5% de las utilidades del Banco de Desarrollo.
En la Ley, el Fondo que reemplazará al Foncultura mantiene su principal fuente de financiamiento, es decir, el 5% de las utilidades del Banco de Desarrollo.
Foto: Daniel Molineros / El Telégrafo
15 de noviembre de 2016 - 00:00 - Redacción Cultura

Uno de los sistemas en que se dividirá la Red Nacional de Cultura —según la ley aprobada por la Asamblea la semana pasada— es el de Artes e Innovación. El articulado reconoce el potencial de las actividades artísticas para el crecimiento económico, por tanto, las declara estratégicas, con lo cual dispone, para el sector, el acceso a incentivos y la creación de políticas públicas.

Los incentivos fiscales se administrarán a través de un Fondo de Fomento de las Artes, la Cultura y la Innovación.

Durante el segundo debate de la ley se propuso que una de las fuentes del fondo sea un impuesto del 10% sobre el valor de taquilla en salas de cine por concepto de regalías, pero la iniciativa se derogó porque la difusión de películas comerciales ya paga otros montos y no se trata de una ley tributaria.

En lugar de ese tipo de recaudación, la ley establece, en el artículo 111, que los recursos para el fondo a crearse provendrán: 5% de las utilidades anuales del Banco de Desarrollo del Ecuador (BP), incluidos los montos actuales del antiguo Foncultura; otros serán asignados desde el Presupuesto General del Estado; del importe de las multas y sanciones que impongan las instituciones y organismos que conforman la Red por las infracciones previstas en esta norma y en la Ley Orgánica de Comunicación y, como fuente externa, la cooperación internacional.

El 5% del BP sería $ 2’300.000, a los cuales se suma el monto recaudado por la Superintendencia de Información y Comunicación (Supercom), unos $ 200.000.

Las asignaciones para artistas y gestores culturales no serán reembolsables y la ley cultural dispone que la banca pública les otorguen líneas de crédito, además de otras ventajas, como condiciones particulares en la seguridad social.

La economista especializada en cultura, Gabriela Montalvo, explica que “el fondo tiene un valor similar al que actualmente se ha entregado por concepto de fondos concursables a través del Ministerio de Cultura y Patrimonio (MCyP). Las fuentes previstas no implican un incremento significativo en cuanto a montos para el quehacer cultural”.

Para Montalvo, “lo realmente revolucionario hubiera sido incorporar un porcentaje, que pudo estar entre el 1% y el 2% de las utilidades de otras empresas públicas, tales como CNT (Corporación Nacional de Telecomunicaciones), que en 2015 generó utilidades por cerca de $ 300 millones. Eso significaría duplicar el presupuesto para el fondo de fomento, mucho más de lo que se hubiera obtenido con el impuesto a los boletos de cine”.

Las infracciones y sanciones que establece el articulado de cultura podrán ser aplicadas a “personas naturales y jurídicas, públicas o privadas (que hayan actuado) contra el pleno ejercicio de derechos culturales, la autonomía de la cultura, la creatividad y las artes, el patrimonio cultural y la memoria social, la cultura de paz o las que impidieren el cumplimiento de obligaciones institucionales en materia de cultura”.

La diferencia con Foncultura —que era administrado por el Consejo Nacional de Cultura— es que se elimina la figura del crédito reembolsable para la producción cultural. (I)

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