Tomada de la edición impresa del 10 de julio del 2008

Mandato blinda la decisión de la AGD

El pleno de la Asamblea resolvió ayer apoyar la acción de la AGD con un nuevo Mandato que impide acciones legales en contra de la incautación de bienes de los accionistas de Filanbanco. | FOTO: FERNANDO SANDOVAL / El Telégrafo

FOTO: FERNANDO SANDOVAL / El Telégrafo

El pleno de la Asamblea resolvió ayer apoyar la acción de la AGD con un nuevo Mandato que impide acciones legales en contra de la incautación de bienes de los accionistas de Filanbanco.

La Asamblea impide que los afectados con las incautaciones presenten ciertos recursos legales o incidentes.



La Asamblea Constituyente decidió ayer respaldar a la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) en la acción de incautar los bienes de los accionistas y administradores del Filanbanco y blindar con un Mandato el proceso que esta institución ha puesto en marcha para que no sea interrumpido por recursos jurídicos que alarguen la recuperación del dinero de los ahorristas.

El Mandato tiene por objetivo “anticipar y prevenir” que no se violente la norma constitucional vigente. Por lo que impide cualquier recurso de amparo contra decisiones judiciales, según explicó la asambleísta Betty Amores (PAIS), quien recalcó que “la función judicial todavía se presta para manipulaciones”. Y, en este caso en particular, supuso, buscarán alargar el proceso de subasta de los bienes. 

Al calor del debate, Amores sugirió que se incluyera la destitución de los jueces que aún por sobre la prohibición del presente Mandato acepten recursos amparo.

El asambleísta Virgilio Hernández fue más explícito al comentar que lo que buscan es “evitar” que a través de “argucias legales” se pretenda dejar sin efecto la acción de la AGD” e impedir que actúe la justicia.

Ambos asambleístas aseguraron que no se trata de una interferencia en la justicia puesto que el Mandato se ampara en una norma constitucional vigente.

No se trata, señalaron, de eliminar las garantías legales de los ciudadanos, sino impedir que aparezcan “obstáculos  a la justicia” en distintos lugares del país.

En el pleno de la Asamblea, la propuesta de Mandato presentada por el vocero de PAIS, Galo Borja,  tuvo el apoyo mayoritario de los asambleístas. Solamente Vicente Taiano (Prian) se opuso y solicitó que “se respete el debido proceso”, argumentando que la incautación que llevó a cabo la AGD se hizo con una ley del 2000, cuando el feriado bancario ocurrió en 1998.

Por su parte, Alberto Acosta señaló que la “incautación” no es una “mordaza” y que si bien esta acción de la Agencia debió darse hace diez años, es importante que se busque resarcir en algo el daño provocado por el grupo Isaías.

El Mandato también tiene como fin garantizar la libertad de expresión y la estabilidad de los trabajadores, particularmente de los empleados de las empresas de comunicación, TC y Gamavisión.

León Roldós (RED) cuestionó que entre el grupo de administración de los bienes de los Isaías de forma temporal estén los “comandantes de cada una de las tres ramas de las Fuerzas Armadas” y acotó que en los artículos aprobados de la nueva Constitución explícitamente se dispone que los militares en servicio activo no puedan ocupar funciones de competencia de los civiles.

El debate que copó las horas de la mañana y de la tarde fue suspendido hasta que una comisión integrada por Rodríguez, Amores, AbelÁvila, Rossana Alvarado, Holguer Chávez (SP), incorporen los cambios sugeridos en el Mandato para su aprobación.

La propuesta de Mandato ordena:

“Precautelar la estabilidad de los trabajadores y empleados de las empresas intervenidas por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) mediante resolución del pasado 8 de julio”.

“Ratificar la resolución AGDUIOTE-2008-12 del -8-JUL-2008 en la que ordena la incautación de los bienes de los ex accionistas y  ex administradores del Filanbanco SA, con la finalidad de devolver el dinero a todos los ecuatorianos que aún permanecen perjudicados por la quiebra de dicho banco y apoyar a todas las acciones que emprenda el gerente de la AGD como consecuencia de su resolución”.

“Este mandato es de obligatorio cumplimiento y en tal virtud no será susceptible de ninguna impugnación, acción de amparo, demanda, reclamo, criterio o pronunciamiento administrativo o judicial alguno y entrará en vigencia en forma inmediata en perjuicio de su publicación en la Gaceta Constitucional y/o en Registro Oficial”.
Ela Zambrano
ezambrano@telegrafo.com.ec
Periodista - Quito